Entrevista al abogado laboralista César Puntriano.

El pago de un en las empresas privadas no es obligatorio, sino que ello dependerá de la voluntad que tenga la compañía o el acuerdo al que haya llegado con el sindicato de sus trabajadores, si es que existiera.

No obstante, si la empresa entrega el a sus trabajadores por dos años consecutivos, este pago en adelante se volverá obligatorio, subrayó el abogado laboralista César Puntriano.

“La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que cuando un beneficio se otorga por lo menos durante dos años consecutivos, pasa a ser obligatorio”, señaló Puntriano a Gestión.pe.

Agregó que esta norma rige para cualquier beneficio que de la empresa a sus trabajadores. “El beneficio se adquiere por la repetición de la conducta del empleador, eso genera el derecho al pago”, anotó.

El especialista refirió que en las empresas privadas el pago del suele realizarse desde el año en que el hijo del trabajador empieza la educación inicial de 3 años.

Grupos empresariales
Puntriano aclaró que en el caso de los grupos empresariales, si una de estas compañías establece el pago del , ello no obliga a que las otras empresas del grupo también lo hagan.

“Cada empresa se manejará de forma independiente sobre la decisión de realizar el pago del bono por escolaridad”, apuntó el abogado.