El Ministerio de Trabajo prepublicó una propuesta normativa que busca modificar el reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo y que incrementaría las sanciones en temas relacionados al desarrollo de huelgas.
Entre los cambios propuestos se plantea incorporar dentro del concepto de infracciones muy graves el acto de “facilitar el acceso a sus labores al personal comprendido en el ámbito de la huelga”.
Es decir, el Ejecutivo plantea que si un trabajador que se encuentra formando parte de una huelga quiere regresar al trabajo y el empleador lo permite ello consistirá en una infracción muy grave, sancionable con una multa de hasta 52.53 UIT (S/241,638).
Los trabajadores que forman parte de huelgas son los que se encuentran sindicalizados o, si la huelga está siendo llevada a cabo por un sindicato mayoritario, podría comprender a todos los trabajadores, salvo los esenciales.
Asimismo, se indica que “mantener activos los procesos o actividades afectadas por la huelga, salvo aquellos referidos a procesos o actividades indispensables para la empresa o relativos a servicios públicos esenciales” también sería considerado una infracción muy grave, sujeta a una multa igual a la antes señalada.
Estas conductas ya se habían prohibido mediante el Decreto Supremo 014-2022-TR, pero no existía una sanción explícita con respecto a estas, explica Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, por lo que lo que busca hacer el gobierno mediante esta modificación es “explícitamente poder generar multas”.
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Opiniones
Toyama indica que la prohibición de las conductas antes señaladas atenta contra la libertad de trabajo y de empresa, por lo que no está de acuerdo con la misma.
“Si un trabajador quiere regresar a su puesto de trabajo porque no quiere que le descuenten el sueldo, se le debería permitir trabajar”, señala Toyama.
Según explica el abogado, hoy en día existen 5 huelgas activas en Lima y en 2 de ellas no se ha permitido dejar entrar a los trabajadores sindicalizados al centro de trabajo por miedo de algún tipo de sanción.
“Ello ha generado que un grupo de trabajadores se desafilie de su sindicato para poder regresar a trabajar”, comenta Toyama, ya que ello haría que no formen parte de la huelga, como se indicó anteriormente.
Por su parte, Pamela Navarro, directora de Atalla Legal, señaló que le parecía que la norma era correcta, toda vez que le pedía a los trabajadores ser consecuentes con sus actos.
“Un trabajador no puede afiliarse a un sindicato y planear obtener los beneficios del eventual convenio colectivo al que se llega mediante una huelga sin tirarse al hombro la realización misma de la huelga”, señala Navarro.
“Un trabajador adopta una medida de fuerza para que una empresa acceda a cambios que modifiquen una situación que no encuentra justa. Si quiere regresar a trabajar, tiene que desafiliarse del sindicato”, subrayó.
El Dato. El proyecto aún puede ser materia de comentarios por parte de la ciudadanía. Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, señala que, viendo los antecedentes de este gobierno, no ve factible que dichos comentarios serían tomados en consideración.