Tras el acuerdo de las clínicas privadas con el Gobierno, ahora se inicia el debate desde el Congreso para evitar el supuesto “abuso económico de las clínicas”.
Para ello, la Comisión de Defensa del Consumidor ha convocado para este lunes 6 de julio al debate del proyecto de Ley 5490/2020-CR que propone establecer medidas para garantizar la transparencia y erradicar el aprovechamiento económico abusivo de las clínicas privadas.
Según esta iniciativa presentada por la bancada del Frente Popular Agrícola FIA del Perú (Frepap) plantea garantizar la transparencia de la información en la prestación de los servicios de salud brindados por establecimientos privados, para que, se priorice la atención del derecho a la salud, sobre cualquier interés económico.
En la iniciativa se propone que si los usuarios no están de acuerdo con el contrato o el documento que detalla los costos de prestación del servicio de salud, no lo reciban, el establecimiento privado les informe que no cuenta con este, o se advierta un aprovechamiento económico abusivo, pueden resolver el contrato o documento que detalla las condiciones o costos de prestación del servicio de salud.
“En este caso, procede la devolución del dinero cobrado de forma indebida, estando obligado el establecimiento privado a informar a los usuarios sobre el procedimiento que estos pueden iniciar ante la Superintendencia Nacional de Salud”,
Los establecimientos privados no pueden obligar a los usuarios a renunciar, de manera previa, a la devolución de dichos conceptos; es nulo el pacto en contrario.
Por otro lado, los usuarios pueden sujetarse a las condiciones del establecimiento privado, sin perjuicio que, de considerarlo conveniente, acudan a las instancias administrativas o judiciales que correspondan.
¿A qué se llama aprovechamiento económico abusivo?
Para la iniciativa presentada en el el Congreso, sostiene que “sin perjuicio de los alcances y aplicación de las cláusulas abusivas, Susalud al momento de evaluar el aprovechamiento económico abusivo, considera, entre otros, los siguientes aspectos”:
- Buena fe y justa proporcionalidad entre los derechos y obligaciones de los establecimientos privados y los usuarios.
- La afectación o grave riesgo a la salud que se genere como consecuencia de la falta de accesabilidad al servicio de salud, por el respectivo cobro abusivo.
- La diferencia irracional entre los costos del servicio de salud y la ganancia del establecimiento privado.
- La utilización de recursos públicos gratuitos en los procedimientos de salud, cuya ventaja no fue trasladada a los ususarios al momento del cobro.
- Ausencia o insuficiencia de criterios de reciprocidad y solidaridad en el cobro en situaciones de emergencia sanitaria.
- Cobro excesivo de medicamentos con relación al monto promedio de los mismos en su venta externa.
Para la discusión en la Comisión de Defensa del Consumidor estarán Alejandro Miguel Langberg La Rosa, presidente de la Asociación de Clínicas Particulares del Perú (ACP) y Carlos Manuel Acosta Saal, Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD.