El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual () sancionó con 30 UIT, es decir, impuso una multa de S/. 115,500 a Mi Banco (Banco de Microempresa S.A. de Chimbote) por poner trabas a un grupo de consumidores que solicitó cancelar sus créditos de manera anticipada.

Ante esta negativa, el Indecopi intervino como Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y constató infracciones al artículo 86 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que se refiere al derecho que tienen los consumidores a efectuar el pago anticipado de sus deudas con la respectiva reducción de intereses, cuotas y los gastos que estos ocasionen.

La norma precisa que "los consumidores tienen derecho, en toda operación de crédito a plazos bajo el sistema de cuotas o similares, a efectuar el pago anticipado o prepago de los saldos, en forma total o parcial".

Ello significa una reducción de los intereses compensatorios generados al día de pago y liquidación de comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin que les sean aplicables penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar.

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