El Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual de Indecopi extendió los derechos antidumping y compensatorios sobre las importaciones de biodiésel procedentes de Argentina. La medida, basada en un análisis de la documentación legal, técnica y acuerdos internacionales, busca equilibrar las condiciones de mercado y proteger la industria nacional.
Este dictamen surge tras evaluar diversos factores, incluyendo el impacto de las importaciones en la industria local, los cambios regulatorios en ambos países y las dinámicas de mercado global del biodiésel. La resolución enfatiza la importancia de mantener un comercio justo y competitivo, garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad y el desarrollo económico.
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Antidumping
Indecopi evaluó los antecedentes presentados y con el análisis técnico decidió mantener la vigencia de los derechos antidumping aplicados a importaciones de biodiésel (B100) originario de Argentina por un periodo adicional de 5 años, a partir del 26 de octubre de 2021.
El análisis que se observo fue tras la imposición inicial de derechos antidumping, la mayoría de indicadores económicos de la rama de producción nacional (RPN) mostraron comportamientos favorables que sugiere que estas medidas han ayudado a contrarrestar el daño causado por las importaciones de biodiesel argentino a precios de dumping.
En el recurso de apelación, se argumentó contra la renovación de las medidas, alegando que debe demostrarse una alta probabilidad de que las prácticas de dumping y el daño se repitan, más allá de la mera probabilidad. Sin embargo, esta apelación no logró cambiar la decisión de renovar las medidas.
Con respecto a la confidencialidad, a solicitud de la empresa, se declaro la confidencialidad de 8 contratos pues contienen detalles sobre términos y condiciones de despacho, precios, características del producto (biodiésel) y demás información sensible que no debe ser de conocimiento de otras empresas ni refinerías, pues afectaría su capacidad de negociar términos y condiciones en el mercado.
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Derechos Compensatorios
Se extiende por cinco años más los derechos compensatorios impuestos inicialmente en 2016 sobre las importaciones de biodiésel B100 desde Argentina.
Estos derechos fueron aplicados tras determinar que las subvenciones argentinas y el daño a la producción nacional peruana podrían repetirse o continuar sin estas medidas.
La decisión se basa en un análisis que incluye la evaluación de la probabilidad de continuación o repetición del daño, considerando los indicadores económicos de la RPN, el efecto de las importaciones argentinas en los precios de la RPN, y la posibilidad de un incremento en las importaciones.
La subvención en cuestión se originó en la Ley 26.093 de Argentina, que promueve la producción y uso sustentables de biocombustibles, incluyendo el biodiésel, con un esquema inicialmente previsto para quince años desde 2006.
El régimen ofrecía beneficios a los productores locales de biodiésel, tales como precios de venta regulados y asignación de cuotas, lo que resultaba en precios más altos que los del mercado para el biodiésel.
A pesar de los cambios normativos y de mercado, se concluyó que sin la renovación de los derechos compensatorios, es probable que la práctica de subvención y el daño a la industria nacional continúen o se repitan.
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