El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) la ejecución de la pesca exploratoria del recurso lorna (Callaus deliciosa), por un período de 15 días calendario, con el objetivo de fortalecer la obtención de información biológica y pesquera a lo largo del litoral peruano.
A través de la Resolución Ministerial Nº 00412-2024-PRODUCE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se señala que el periodo de la pesca exploratoria de lorna se inicia a partir del día siguiente de la publicación del listado de embarcaciones artesanales con permiso de pesca vigente.
La pesca exploratoria del citado recurso hidrobiológico se realiza con la participación de embarcaciones pesqueras artesanales, cuyos armadores cumplen diversas condiciones, y en primer lugar, estar incluidas en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso vigente.
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Requisitos para las embarcaciones participantes
Además, puntualiza ese sector, las naves participantes deberán realizar esfuerzo pesquero dirigido a la captura de lorna como pesca objetivo, cumpliendo con las indicaciones del Imarpe en el marco del plan de trabajo de la pesca exploratoria.
Además, deberán cumplir con las medidas sanitarias aplicables a las actividades pesqueras de consumo humano directo, conforme a las disposiciones legales vigentes, y contar con sistemas de preservación que garanticen la conservación del producto en óptimas condiciones.
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Condiciones de seguridad
Otra exigencia es que la flota participante deberá de embarcar al personal designado por el Imarpe, cuando fuera requerido, así como garantizar la seguridad del personal designado por dicha entidad, conforme a las disposiciones de la Autoridad Marítima Nacional para personal embarcado.
En el mismo sentido, deberán de brindar las facilidades al personal del Imarpe para la toma de información y colecta de muestras que les sean solicitadas con fines de investigación. Las facilidades se brindan en los puntos de desembarque y a bordo de las embarcaciones cuando corresponda.
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Control de la descarga
Otros requisitos son que las embarcaciones deberán descargar las capturas en los puntos de desembarque autorizados, y facilitar el control de la descarga a cargo de los fiscalizadores del Produce o de los gobiernos regionales correspondientes.
El Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de la pesca exploratoria y recomendará al Produce, de ser el caso, la suspensión (parcial o total) o ampliación de la presente actividad en función de los indicadores biológicos y pesqueros, así como la necesidad por disponer de un mayor volumen de información.
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