Un nuevo proyecto se prepara desde el Gobierno. Se trata de una modificación a la Ley General del Ambiente, que crea una nueva sanción para las empresas con miras a revocar el título habilitante en medio de una sanción ambiental. Es decir, quitarle a la empresa minera, petrolera o de otro sector, la concesión o la licencia de operación.
La iniciativa se llama “Ley que incorpora y modifica artículos de la ley N° 28611, Ley General del Ambiente”.
En dicha iniciativa se incorpora el artículo 136-A1, que detalla que cuando una empresa haya sido sancionada por incumplir una medida preventiva dispuesta por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en medio de una declaratoria de emergencia ambiental, este podría revocarle el título habilitante.
Uno de los casos más cercanos ha sido lo sucedido con Repsol, tras el derrame de petróleo en Ventanilla, si la medida hubiera estado aprobada se le retiraría la licencia a Repsol de la operación de la Refinería La Pampilla.
La otra empresa que podría entrar en el mismo escenario es Petroperú por los derrames en el Oleoducto Norperuano, pero se buscaría exceptuar a la estatal de este tipo de sanciones.
Hasta el momento la máxima sanción de OEFA, es una multa de un máximo de 30,000 UIT ( S/ 138 millones).
Sin embargo, con el proyecto de ley el OEFA podría dejar sin efecto la concesión o autorización para la operación de las actividades involucradas.
Proceso administrativo
El segundo punto que trae la norma es que solo con el proceso administrativo se podría imponer la sanción de revocación, sin llegar al Poder Judicial.
La norma dice: “la Autoridad Sancionadora remite la resolución de sanción, que agota la vía administrativa”, en el artículo 136.A2.
Tessy Torres, docente de la Universidad del Pacífico y especialista en supervisión y fiscalización, sostiene que ante esta iniciativa no se advierte lo que pasaría con la medida si es que la empresa recurre al Poder Judicial y le otorgan la razón.
¿El Estado tomará control?
Una de las grandes dudas que surge con el proyecto es qué pasará con la empresa tras revocar el título habilitante.
Y es que la norma indica que la autoridad competente dará “medidas excepcionales” para continuar con la operación, hasta que proceda el cese de la actividad.
Ante esta situación, Carlos Herrera Descalzi, exministro de Energía y Minas, se pregunta “¿quién asume ese control?, esta es una medida extraña, y se deja un gran vacío y más incertidumbre para la inversión, pues se trata de una acción confiscatoria, y que le hace más daño a la inversión de lo que ya está afectada. Es como una guerra a muerte contra todo lo que es la actividad extractiva, contra lo que es minería e hidrocarburos”, dijo.
Según fuentes del sector, en el extremo, la medida podría aplicarse políticamente a casos como el mencionado el año pasado cuando se anunció el cierre de cuatro mineras por supuestos daños ambientales.
CLAVES
- Norma. El proyecto actualmente se encuentra en la PCM y sería debatido en los próximos días en el Consejo de Ministros.
- Alertas. Entre el 2017 y 2021 hay otros diez casos, siete en minería y tres en hidrocarburos.
Remediación sin tener operación
Un tema adicional que plantea la norma en debate es que, tras la revocación del título habilitante, la empresa que sale debe ejecutar sus obligaciones ambientales para el adecuado manejo de emisiones, efluentes, ruidos y residuos sólidos que correspondan.
“¿Te quitan el título habilitante y tienes que realizar la remediación? Este punto no está muy claro, ¿qué incentivo tendría el administrado (empresa) para hacerlo?”, expresó Tessy Torres.
Hay más dudas en el proyecto de norma sobre las medidas de sanción, comenta la especialista.
Además, menciona que si se desea realizar una revocación de la licencia hay otros temas ya regulados por incumplimientos, que se establecen en el sector minero, y mejoras que se deben hacer en el tema petrolero.