El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó, mediante la Resolución Ministerial N° 395-2023-EF/52, la primera adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Programa Impulso Empresarial Mype (Impulso MyPerú).
Con esta publicación se implementa lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 033-2023, que establece medidas excepcionales y temporales en materia económica y financiera para la ampliación del monto máximo y plazo de acogimiento de la Garantía del Gobierno Nacional a los créditos de dicho programa.
Además, se autoriza al director general de la Dirección General del Tesoro Público y al director general de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado a suscribir el primer contrato, así como a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan su ejecución.
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El programa Impulso Myperú tiene como objeto implementar un programa de Garantía del Gobierno Nacional a los créditos otorgados en favor de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como el otorgamiento a las mismas de un Bono al Buen Pagador (BBP).
Cabe recordar, que el Decreto de Urgencia N° 033-2023 determinó incluir al programa Impulso MyPerú a las medianas empresas de todos los sectores productivos del país, a las que se les aplica los mismos criterios, requisitos de elegibilidad y otorgamiento del BBP exigidos para las micro y pequeñas empresas (mypes).
Además, dispuso que los créditos garantizados pueden ser otorgados hasta el 31 de marzo del 2024.
También incorporó nuevos tramos de garantía en función al tamaño del crédito que otorga el programa:
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- Créditos hasta S/ 300,000 tendrán una cobertura del 80%
- Créditos desde S/ 300,001 hasta 1 millón de soles tendrán una cobertura del 70%