El MEF estableció nuevas reglas para el tratamiento tributario de las utilidades, rentas o ganancias de capital.
El MEF estableció nuevas reglas para el tratamiento tributario de las utilidades, rentas o ganancias de capital.

El Ministerio de Economía y Finanzas () modificó el reglamento de Ley del , adecuándose a los cambios del Decreto Legislativo N° 1541 con el fin de mejorar la aplicación tributaria en los contratos de asociación en participación.

A través del Decreto Supremo 047-2024-EF, se establecieron modificaciones en aspectos referidos a la , y a la atribución de rentas y pérdidas netas por parte de fondos y fideicomisos.

Por ejemplo, en el caso de la renta de segunda categoría, que son los ingresos que se obtienen por ventas de inmuebles, regalías, utilidades y otras actividades, se establece un cambio en el concepto de utilidades.

Ahora dentro del concepto de están comprendidos “los dividendos u otra forma de distribución de utilidades que provengan de personas jurídicas o asociantes de un contrato de asociación en participación”.

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Otros aspectos que se abarcan entre los cambios de este decreto son las sociedades administradoras de y las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos y fiduciarios de fideicomisos bancarios.

En ese último punto se establecen reglas para las utilidades, rentas o ganancias de capital que paguen estas con cargo a los fondos de inversión y a las sociedades titulizadoras.

Una de las reglas indica que cuando se den utilidades provenientes de la distribución de dividendos u otra forma, la obligación de retener corresponde solamente a la sociedad administradora del fondo de inversión, a la sociedad titulizadora del patrimonio fideicometido o al fiduciario bancario.

Además, entre otros puntos, se indica que la tasa que se aplica a las es de aplicación general, y procede de forma independiente a la tasa por la que tributa la persona jurídica o asociante de un contrato de asociación en participación que efectúa la distribución.

El decreto supremo fue firmado por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el titular del MEF, José Arista Arbildo.

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