El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el reglamento de la Ley Nº 31979. Se trata del estatuto que promueve la contratación temporal en los programas laborales del Estado en favor de los jóvenes de entre 18 y 29 años de edad; puntualmente, de aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad. En esa línea, el objetivo es mejorar su calidad de vida.
El reglamento, en suma, detalla los criterios para la reserva de vacantes en estas ofertas de trabajo, enfocadas fundamentalmente en servicios para la comunidad o labores de limpieza, construcción y mantenimiento de infraestructura física.
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En detalle
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 005-2024-TR, se estipula que la reserva de vacantes se aplicará en toda convocatoria que el programa de empleo temporal realice en cada ámbito territorial de intervención específica. Cabe resaltar que se respetará el cronograma de actividades programado para el año calendario.
Además, se aclara que la reserva será de no menos del 10% del total, teniendo en cuenta que, si el resultado del cálculo tiene cifras decimales, el número de reserva de vacantes se deberá redondear al número entero superior.
Sin embargo, la reserva se cubrirá siempre que la persona joven en situación de vulnerabilidad elegible cumpla con los criterios establecidos en sus instrumentos de gestión.
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Empleo: alcances sobre el perfil
En cuanto a la acreditación de la condición, el beneficiario avala su situación de vulnerabilidad; es decir, debe cumplir con las condiciones establecidas en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley y presentar una declaración jurada simple.
Por ello, el programa de empleo temporal realiza, de acuerdo con la normativa vigente, la verificación de la información y documentación a efectos de validar —con la información provista en el Sistema Integrado de Información de la Educación Superior y Técnico-Productiva y del Sistema de Focalización de Hogares— que se cumple la condición de persona joven en situación de vulnerabilidad elegible.
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