El Poder Ejecutivo ha observado la autógrafa de ley que busca ampliar la prohibición de llamadas Spam. Esta iniciativa legislativa, enviada por el Congreso de la República, pretende restringir de manera más estricta el contacto inicial con consumidores para la promoción de productos y servicios.
El Gobierno ha señalado principalmente que la prohibición absoluta del primer contacto con los consumidores, salvo en los casos donde el consumidor se comunique primero y otorgue su consentimiento explícito, no guarda coherencia con la Ley de Protección de Datos Personales.
Además, advierte sobre posibles complicaciones en la aplicación de la normativa propuesta, tanto en términos de obtención del consentimiento como en la gestión de recursos de numeración telefónica.
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Antecedentes
Recordemos que el proyecto de ley pretende prohibir el contacto inicial con consumidores para la promoción de productos y servicios a través de centros de llamada, mensajes de texto y correos electrónicos masivos, salvo que el consumidor se comunique primero y otorgue su consentimiento explícito.
El Ejecutivo argumentó que esta prohibición absoluta del primer contacto no es coherente con la Ley de Protección de Datos Personales, que permite un primer contacto para obtener el consentimiento informado del titular de los datos y que esta incoherencia normativa podría dificultar la obtención del consentimiento necesario para futuras comunicaciones comerciales, limitando tanto a los anunciantes como a los consumidores.
Además, observó que la asignación de numeración telefónica especial a todos los proveedores podría afectar la eficiente gestión de este recurso escaso. Sugirió que esta disposición se limite a proveedores de servicios públicos de telecomunicaciones para evitar problemas de capacidad y supervisión.
Finalmente, señaló que la propuesta no especifica los mecanismos de validación de la información transmitida, lo que genera incertidumbre.
Además, destacó que la información transmitida está protegida por el derecho a la inviolabilidad y secreto de las telecomunicaciones, conforme a la Constitución y la Ley de Telecomunicaciones. Por estas razones, el Ejecutivo considera que el proyecto de ley requiere ajustes antes de ser aprobado.
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Primer contacto
Carlos Rodas Ramos, socio de Stucchi Abogados, explicó que la ley de protección de datos personales establece que, para tratar cualquier tipo de datos, inclusive cuando un proveedor desea enviar publicidad a un consumidor, es necesario el consentimiento del titular.
La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales ha sostenido que la obligación de obtener el consentimiento previo no conlleva una prohibición absoluta de contacto, ya que esto impediría la manifestación expresa e inequívoca del consumidor para futuras comunicaciones.
El abogado subrayó la importancia de este primer contacto, ya que, sin él, las mype que recién comienzan y desean ofrecer sus servicios se verían en una situación complicada. “¿Cómo un consumidor que no conoce a estas nuevas empresas va a buscar directamente información de productos o servicios que desconoce?”, se preguntó Rodas Ramos.
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Fórmula correcta
En línea con Rodas, Alejandro Morales, jefe del área de Derecho y Tecnología de TYTL Abogados comentó que las llamadas y envíos de mensajes masivos de publicidad sin consentimiento, insistentes e impertinentes, ya están prohibidos por el Código de Protección y Defensa del Consumidor y la Ley de Protección de Datos Personales.
El abogado subrayó que este dictamen castiga a las empresas responsables que buscan cumplir con el Código de Consumo y la Ley de Protección de Datos Personales, dejando a los consumidores sin información sobre promociones, mejoras, ofertas y beneficios en distintos sectores.
“La fórmula existente en la Ley de Datos y el artículo 58 del Código de Protección del Consumidor, junto con la interpretación de la Autoridad de Datos Personales, es correcta”, afirmaron los especialistas.
“Cada empresa anunciante es responsable de obtener el consentimiento de la persona receptora de la comunicación para el empleo de los datos personales en las acciones involucradas en esta comunicación” , dijo Morales.
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Como posibles soluciones, Rodas sugirió imponer castigos ejemplares, como multas muy altas o bloquear el uso de la base de datos que utilizan los call centers para llamadas comerciales.
También propuso prohibir las llamadas automáticas y permitir que los consumidores bloqueen su número para recibir llamadas comerciales a través de su operador de telefonía.
Sugirió crear incentivos para que los consumidores denuncien las llamadas spam, como sorteos mensuales o bimestrales con premios atractivos, y obligar a los proveedores a ofrecer mejoras en el servicio a quienes reporten llamadas spam.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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