(Foto: GEC)
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Tal , el Gobierno aprobó la segunda fase de reactivación económica facultándose al Ministerio de la Producción para que previa coordinación con los Gobierno Locales y otros sectores disponga el inicio de actividades a puerta cerrada así como vender sus productos y prestar sus servicios por comercio electrónico, pudiendo entregar sus productos a domicilio con logística propia o a través de terceros.

El decreto especifica que todavía no empezarán las actividades económicas en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayalo, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.

Una de las novedades del decreto que dispone la reactivación de obras públicas y sus respectivos contratos de supervisión conforme al régimen general de contrataciones del Estado, las mismas que estuvieron paralizadas durante el estado de emergencia.

Además se especifica que la reanudación de las actividades económicas se efectúa de manera automática una vez que las personas jurídicas hayan registrado su plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo en el SICOVID-19 del MINSA.

Teniendo en consideración los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19 y sus posteriores adecuaciones, así como el protocolo sectorial correspondiente.

Se especifica que el plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo será usado como base para la supervisión y fiscalización por parte de las autoridades competentes.

Un detalle importante es que ya no será necesario contar con la aprobación del Minsa en el caso de las personas jurídicas.

También que el plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo y el registro en el SICOVID-19 del Minsa no resultan exigibles a las personas naturales.

Las actividades económicas incluidas en esta fase son las siguientes:

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