
El Congreso tiene en el punto de mira el noveno retiro de fondos de AFP, con el argumento del perjuicio económico que ocasionará el Fenómeno de El Niño en ciernes.
Parte de los legisladores se inclinan por esta idea con el fin de aliviar a las familias y trabajadores afectados por la anomalía climatológica, pese a que solo un porcentaje mínimo de empleados formales en planilla y con AFP radica en el norte del país, quizás la zona más golpeada por el Niño en el escenario de magnitud extraordinaria que estima ENFEN.
La mayor parte de la fuerza laboral con fondos en el sistema previsional privado vive en regiones en las que el impacto de El Niño será indirecto o nulo. Pero estos, justamente, serían los que más a la mano tendrían la posibilidad de retirar sus fondos en un eventual noveno retiro.
El superintendente de la SBS, Sergio Espinosa rechazó la posibilidad de una nueva liberación de fondos de AFP, pues los que se aprobaron en los años que siguieron a la pandemia, pese a calificarse de extraordinario por sus proponentes, perdieron esa condición y solo agravaron el problema futuro de desprotección de los afiliados que dispusieron de sus ahorros en cada retiro habilitado por el Parlamento.
Restricción
La Ley 32123, de reforma del sistema de pensiones, aprobada en el 2024, suprimió los retiros, precisamente para darle sostenibilidad al ahorro previsional privado. Sin embargo, un año después, otra norma de ese mismo Congreso dejó sin efecto la prohibición del octavo retiro y, además, levantó la restricción según la cual los afiliados que adhirieran a esa liberación de fondos, perderían el beneficio de la pensión mínima instituido en la reforma.
Así, se dispuso el octavo retiro que empezó en noviembre del 2025 y culminó en abril último, con la salida de unos S/ 27,000 millones.
Dichos procesos, entonces, parecen no tener fin, ni siquiera con el nuevo Congreso bicameral, en el que han sido presentadas varias iniciativas legales en tal dirección.
“La ley N° 32123 dice que no van a haber más retiros, pero ya hubo uno después de esa ley, que fue el octavo retiro. ¿Por qué? Porque una ley modifica otra ley”, criticó Espinosa.
“Entonces un candado legal tendría que estar en la Constitución para que no se pueda producir”, añadió a Gestión.
No obstante, expresó su aspiración de que “sea la reflexión de los congresistas la que haga que lleguen a la conclusión de que no es necesario hacer un retiro, porque, además, por un lado no existe la necesidad, hemos tenido ya ocho, pero por otro lado, también el problema es que esos son fondos de jubilación”.
“Entonces, vamos a tener un problema más adelante, cuando las personas a las que se les ha autorizado hacer retiros en el pasado, en el futuro no tengan con qué jubilarse y entonces van a voltear y van a decir: yo quiero pensión mínima, yo quiero aporte del Estado, pero eso no se puede pagar”, advirtió.
Demanda
Refirió que una acción de inconstitucionalidad ante este tipo de medidas es posible, tal como en el 2022, cuando el Colegio de Abogados de Lima Sur, recurrió al Tribunal Constitucional para frenar los retiros de fondos de AFP. Sin embargo, dicha instancia declaró infundada la demanda, por las dificultades económicas que infligió la pandemia a las personas.
“En su momento, el Tribunal Constitucional hizo un análisis, pero yo creo que fue un análisis focalizado en las condiciones de ese momento. Tal vez sería ocasión, si se diera el caso, de hacer otro análisis, porque ya cuando se habla de ocho o nueve retiros, ya no son extraordinarios Algo que lo haces ocho veces en seis años no es extraordinario por única vez”, argumentó el superintendente.
“Eso hay que sincerarlo y, en algún momento, si es que llega a ser necesario, el Tribunal Constitucional también podría expresarse”, dijo al señalar que un pronunciamiento de ese tipo podría detener los retiros que propone el Congreso, incluido el noveno. Lo mismo piensan las AFP.

Condición de extraordinario
Los continuos retiros de fondos de AFP causan preocupación entre los inversionistas, como se puso de manifiesto en el roadshow de inPerú que se desarrolló en Nueva York hasta ayer martes. Su inquietud se centra en que las AFP, ante la necesidad de atender los retiros de los afiliados, dejan de invertir en instrumentos de financiamiento de largo plazo de las empresas, lo que resta profundidad al mercado de capitales local.
Aldo Ferrini, gerente general de AFP Integra, indicó que, en efecto, instancias como el TC deben definir que se califica como extraordinario, pues, a priori, esa condición no corresponde a una recesión o un Fenómeno de El Niño, sino, por ejemplo, la pandemia.
“Ojalá lo tuviera en agenda (el TC), porque no se puede presentar un proyecto de retiros, por si acaso pasa algo. No tiene sentido. Se va a destruir el ahorro interno y de los pensionistas”, sostuvo
“Lo que busca el inversionista internacional es que haya predictibilidad y que las reglas de juego se cumplan. Tenemos que actuar a 10 o 15 años y aprovechar las condiciones económicas que nos están favoreciendo”, añadió.
“Hemos declarado (las AFP) que el TC aclare ese punto que ellos mismos dijeron, acerca de lo que es extraordinario. Si lo puede hacer, sería óptimo”, dijo Ferrini.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.






