
Telefónica del Perú, que opera bajo la marca Movistar, informó a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) que la Asamblea General del Primer Programa Privado de Bonos de la compañía, acontecido en la víspera, decidió declarar el vencimiento anticipado de los bonos en circulación, que implica que la telco no cumplió con el pago de capital y/o intereses dentro del plazo establecido en los términos del contrato de emisión de los bonos.
Según el hecho de importancia, el Banco Interamericano de Finanzas (Banbif), representante de los bonistas, notificó a la empresa que, conforme al contrato marco, las obligaciones del emisor, incluyendo el capital e intereses compensatorios, se hicieron exigibles de inmediato a partir del 13 de marzo de 2025. A partir de esa misma fecha, comenzó a computarse el pago de intereses moratorios.
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Asimismo, se acordó la firma de un Acuerdo de No Hostilidad, condicionado a la suscripción de una moratoria (“Standstill”) en un plazo máximo de siete días hábiles, prorrogable automáticamente por única vez por un periodo similar.
En el documento remitido a la SMV, Telefónica del Perú no detalló las razones del vencimiento anticipado ni el estado de las negociaciones con los tenedores de bonos.
El Primer Programa Privado de Bonos de Telefónica del Perú fue lanzado en 2018 y dirigido exclusivamente a inversionistas institucionales, con un monto máximo en circulación de hasta US$800 millones o su equivalente en soles. Este programa, con una duración de seis años desde la firma del contrato marco, permite múltiples emisiones dentro del límite establecido.
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Actualmente, existe una emisión vigente de S/80 millones con vencimiento programado para octubre de 2026. Durante la vida del bono, el emisor realiza pagos periódicos de intereses y liquida el monto total en un solo pago al vencimiento.
Asamblea de bonistas
A inicios de la semana, se informó que Banbif convocó a la Asamblea General de Bonistas del programa para el 13 y 18 de marzo, con el objetivo de evaluar el reciente “Evento de Incumplimiento” comunicado por Telefónica del Perú, en el marco del numeral 7.1.6 de la cláusula séptima del contrato marco. Dicho incumplimiento se produjo tras el vencimiento de los plazos de pago de los bonos en circulación.
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Durante la sesión, se analizarán las medidas a adoptar en función del numeral 7.2.2 del contrato, incluyendo la posibilidad de otorgar facultades al representante de los obligacionistas, Banbif, para suscribir los documentos y ejecutar los acuerdos que se definan.
Este proceso se desarrolla en paralelo al procedimiento concursal que Telefónica del Perú mantiene en curso ante el Indecopi.
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