El Ejecutivo emitió el decreto de urgencia Nº 013-2024, el cual establece “medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera que permitan superar la coyuntura financiera de Petroperú, el aseguramiento de la comercialización de hidrocarburos a nivel nacional y la sostenibilidad de la empresa”, señala el título de norma.
Entre las medidas financieras, el decreto de urgencia dispone:
-Ampliar hasta el 31 de julio de 2025, el plazo de la Operación de Endeudamiento de Corto Plazo, bajo la modalidad de otorgamiento de Garantía del Gobierno Nacional, a la línea de crédito de comercio exterior con el Banco de la Nación, hasta por la suma de US$ 1 000 000 000,00 (un mil millones y 00/100 dólares) aprobada por el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 023-2022, y ampliada mediante el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 004-2024.
-Aprobar, de manera excepcional, la capitalización en la empresa Petroperú del Apoyo Financiero Transitorio aprobado mediante el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 010-2022, otorgado por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General del Tesoro Público, a favor de dicha empresa hasta por el monto en soles equivalente a US$ 750 000 000,00 (setecientos cincuenta millones y 00/100 dólares) más los intereses corridos a la fecha de entrada en vigencia de esta norma legal, quedando extinguida la obligación de pago por parte de la citada empresa. “Petroperú emite las acciones respectivas a nombre del Estado Peruano, correspondiéndole la custodia al Ministerio de Energía y Minas”, agrega la norma.
-Aprobar la asunción, por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, del pago de los vencimientos que ocurran en el segundo semestre de 2024, de las deudas a cargo de la empresa Petroperú, correspondientes a las operaciones de endeudamiento externo sin la garantía del Gobierno Nacional, bajo la modalidad de emisión de bonos, bajo la modalidad de préstamo con garantía de la Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación (CESCE), contratado en el marco de la autorización prevista en la Resolución Ministerial Nº 017-2018-EF/52, las cuales se destinaron a financiar parcialmente el Proyecto “Modernización Refinería Talara”.
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-Aprobar la asunción, por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, de las obligaciones a cargo de Petroperú, correspondientes al préstamo para capital de trabajo contratado con el Banco de la Nación, hasta por la suma de US$ 800 000 000,00 (ochocientos millones y 00/100 dólares) más los intereses corridos a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, que cuenta con la garantía del Gobierno Nacional, aprobada por el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2024. “El monto asumido constituye aporte de capital del Estado en la empresa Petroperú”, indica la norma.
-Aprobar la Operación de Endeudamiento de Corto Plazo, bajo la modalidad de otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional hasta por un monto en soles equivalente a US$ 1 000 000 000,00 (un mil millones y 00/100 dólares) en respaldo de las obligaciones a cargo de Petroperú, derivadas de un préstamo que el Banco de la Nación debe otorgar a favor de dicha empresa para financiar capital de trabajo. “El plazo de vigencia de la garantía aprobada en el numeral precedente es menor a un año, contado a partir de la suscripción del contrato de préstamo”, agrega el decreto.
Medidas de austeridad
El decreto de urgencia también fija algunas medidas de austeridad para la compañía;
-Respecto al año fiscal 2024, se dispone que el directorio de Petroperú adopte las acciones correspondientes para reducir la ejecución del presupuesto de gastos durante el período setiembre-diciembre de 2024 en un 10% respecto a la ejecución registrada en el mismo período del año 2023, sin considerar gastos de depreciación y operación de lotes petroleros.
-Respecto al año fiscal 2025, la reducción de costos y gastos será equivalente al 30% de la ejecución del presupuesto de gastos del año 2024, sin considerar gastos de depreciación y operación de lotes petroleros, ajustada solo por efecto inflacionario.
-Se encarga a Proinversión la venta, disposición y/o otras modalidades de gestión de todos los bienes inmuebles y predios de propiedad de Petroperú, con excepción de los activos críticos nacionales y aquellos que sean necesarios para la operación de la empresa conforme a su objeto social. Para tal efecto, Petroperú y Proinversión suscribirán un convenio específico. “Asimismo, el directorio de Petroperú pone a disposición de Proinversión el listado de los bienes antes citados y adopta las medidas que correspondan para implementar el encargo autorizado en el presente numeral”, indica la norma.
-Se encarga al Ministerio de Energía y Minas el análisis y determinación de acciones que correspondan adoptar con relación a la operación del Oleoducto Norperuano, a efectos de mejorar su integridad, eficiencia y competitividad. La implementación de dichas acciones se puede financiar con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas.
-Se dispone que Petroperú efectúe la evaluación de sus unidades de negocio, que permita definir un plan de continuidad operativa de las mismas a fin de asegurar la sostenibilidad económica y financiera de la empresa.
Reforma interna
El decreto de urgencia también dispone que Petroperú contrate los servicios de una firma especializada que se encargue de diseñar y gestionar la implementación del proceso de transformación integral de Petroperú, que comprende medidas estratégicas, operativas y financieras para la sostenibilidad de la empresa y debe contar con lo siguiente:
a. Experiencia en operaciones de estructuración y reestructuración de deuda y negociación con acreedores de empresas del sector hidrocarburos y/o energía.
b. Experiencia en diseño e implementación de procesos de reestructuración, reorganización o transformación operativa de empresas del sector hidrocarburos y/o energía.
c. Experiencia en diseño e implementación de procesos de reestructuración, reorganización o transformación de la gestión y gobernanza de empresas y/o entidades estatales.
d. Experiencia en diseño e implementación de procesos de reestructuración, reorganización o transformación operativa en entidades/instituciones públicas o empresas con participación estatal.
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Asimismo, “la firma especializada debe proveer a Petroperú de un Oficial Principal de Transformación (Chief Transformation Officer – CTO), a quien el Directorio de Petroperú. le otorga, de ser necesario, conforme a ley y al estatuto, las facultades de representación legal que sean necesarias para el cumplimiento de los servicios del Oficial Principal de Transformación, y reporta sobre el progreso del Proceso de Transformación Integral directamente al Directorio. En adición, la citada firma especializada debe establecer una Oficina de Gestión del Proceso de Transformación Integral que dé soporte de personal y recursos, y reporta directamente al Oficial Principal de Transformación”, indica el decreto.
Además, se dispone que Petroperú realice la contratación de una firma legal encargada de brindar asesoría especializada para la implementación del Proceso de Transformación Integral de Petroperú.
También se autoriza a Petroperú para designar y/o contratar al personal calificado y/o gerencial que se requiera para implementar las recomendaciones y/o propuestas provenientes de las asesorías especializadas indicadas en el decreto.
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