
Hace tres años, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso una multa a Yura (Grupo Gloria) y Racionalización Empresarial (Raciemsa) por abuso de posición de dominio para impedir o dificultar el acceso o permanencia de otros competidores en el mercado de comercialización de cemento en el sur del Perú. ¿Qué ocurrió ahora con esta sanción, que inicialmente superaba los S/ 60 millones?
A través de un Hecho de importancia, Yura informó que fue notificada con la Resolución 0266-2025/SDC-INDECOPI, emitida por el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual.
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Según la comunicación enviada a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), el tribunal mantuvo la declaración de responsabilidad contra Yura, Racionalización Empresarial (Raciemsa) y varias personas naturales —entre funcionarios y extrabajadores— por supuestos actos de abuso de posición de dominio.
Si bien la resolución ratifica los hallazgos en el caso, modifica el monto de las sanciones. En detalle, establece una multa de 11,128.72 UIT (unidades impositivas tributarias) para Yura y Raciemsa, y de 175.02 UIT para las personas naturales involucradas. Inicialmente, la Comisión había impuesto un total de 12,416.40 UIT —más de S/ 60 millones— a las empresas, además de una multa de 253.89 UIT (S/ 1.2 millones) a nueve trabajadores y extrabajadores de Yura.
En concreto, en base a la UIT del 2025, Yura y Raciemsa deberán pagar una multa de S/ 59′526,652.
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Yura en contra de la decisión
La empresa Yura consideró que la nueva resolución “no se ajusta a derecho” y que evalúa presentar una acción contencioso-administrativa para impugnarla. En un comunicado de prensa, destacó que la resolución incluye un voto en discordia que concluye que la decisión de la comisión respectiva debió ser revocada y que la imputación contra Yura habría debido ser declarada infundada.
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Cemento Yura reiteró que sus operaciones se desarrollan bajo estrictos estándares de cumplimiento normativo y expresó confianza en que un proceso judicial permitirá una evaluación integral y objetiva de los hechos.

Los hallazgos del caso
La resolución de 2022 determinó que la práctica anticompetitiva de Yura ocurrió entre octubre de 2014 y abril de 2019 en Arequipa, Cusco, Moquegua, Puno y Tacna, regiones donde la empresa concentra más del 90% del mercado de comercialización de cemento.
De acuerdo con la comisión respectiva del Indecopi, la empresa aplicó una política para impedir que nuevos competidores comercializaran su producto mediante cuatro estrategias: amenazas o restricciones de venta a ferreterías que ofrecían cemento de la competencia, cambios en las condiciones comerciales para forzarlas a vender exclusivamente cemento Yura, incorporación selectiva de asociados a la red AConstruir para limitar la competencia, y amenazas o restricciones en la carga y transporte de cemento a través de Raciemsa, que dejaba de programar servicios a transportistas que trabajaban con competidores.
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La conducta, de acuerdo con el Indecopi, fue acreditada con correos electrónicos, testimonios de extrabajadores y representantes de agentes económicos, así como con información comercial de la propia empresa, incluidos registros de ventas.
Dichas acciones habrían buscado proteger la cuota de mercado de Yura y sostener los niveles de precios de sus marcas, afectando a competidores que intentaban expandirse.
La comisión del Indecopi ordenó además que las empresas involucradas implementen un programa de cumplimiento de normas de libre competencia durante cinco años, siguiendo las recomendaciones de la guía publicada en marzo de 2020.
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