La Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) se pronunció sobre la sentencia del Tribunal Constitucional sobre los intereses moratorios, calificando la sentencia de positiva para los contribuyentes y que no condona deudas tributarias ni elimina o reduce los montos en controversia.
Como se recuerda, el Tribunal Constitucional emitió un nuevo precedente vinculante, en el que indicó que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) no puede cobrar intereses moratorios a los contribuyentes si la demora que generó estos intereses se debe al propio retraso de esta entidad o del Tribunal Fiscal.
“La sentencia del TC no condona deudas tributarias ni elimina o reduce el monto de los impuestos en controversia. Sólo corrige la inconstitucional exigencia de “intereses moratorios en exceso” derivados del incumplimiento en los plazos para resolver de la Administración Pública”, señalaron mediante un comunicado.
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En tanto, la Confiep informó que los ingresos tributarios se han incrementado 25 veces en los últimos 30 años, ascendiendo a S/ 140 millones en el 2021. Ello, de acuerdo a la confederación, gracias la inversión privada, el crecimiento económico y la contribución fiscal de las empresas y consumidores.
En tanto, la Confiep sostiene que no se puede sancionar ni cuestionar al contribuyente en ejercicio de su legítimo derecho de impugnación y defensa, tal como lo hace la Sunat cuando cuestiona las resoluciones del Tribunal Fiscal.
“Impugnar no es es dilatar y mientras se tramitan los procesos tributarios los intereses siguen computándose para el contribuyente. Lo cuestionable es cuando la dilación proviene de la Administración y se sigue cobrando intereses. Aceptarlo sería un incentivo perverso para no resolver a tiempo y cobrar sumas indebidas”, menciona en el documento.
Asimismo, según la Confederación, esta sentencia del TC reafirma que en el país impera el Estado de Derecho, y que los contribuyentes, grandes, medianos y pequeños, “tienen derecho a cuestionar los actos administrativos sin ser sancionados, estigmatizados ni obligados a costear la ineficiencia del Estado”.
Finalmente, la Confiep advirtió que “son inaceptables las acciones de SUNAT para desacatar el fallo del TC. Peor aún, hacerlo cuestionando la investidura de sus integrantes, la reputación de las empresas y la reserva tributaria”.
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