Mincetur estima que el volumen de apuestas realizadas en el Perú durante el 2022 fue cercano a los S/ 3,800 millones. (Foto: GEC)
Mincetur estima que el volumen de apuestas realizadas en el Perú durante el 2022 fue cercano a los S/ 3,800 millones. (Foto: GEC)

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo () informó que las empresas de servicios de deberán presentar de manera virtual, ante dicha entidad, su solicitud para que se les otorgue la autorización de funcionamiento. ¿Hasta cuándo hay plazo?

Juan Carlos Mathews, titular del Mincetur, indicó que este paso es fundamental para que estas compañías puedan ofrecer este tipo de servicios en el país y también brida seguridad al usuario.

En ese sentido anunció que el plazo para pedir la autorización será desde el martes 13 de febrero al miércoles 13 de marzo.

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Esta es una importante noticia: poner en funcionamiento la Ley N° 31557 y su reglamento permitirá regular la explotación de los juegos a distancia y de las apuestas deportivas a distancia, generando un movimiento económico regulado y con pago de impuestos. Y, sobre todo, brindar la seguridad para el apostador, el juego responsable y la formalización de la actividad”, sostuvo.

En ese sentido, Mathews refirió que actualmente se encuentra activa una “marcha blanca” -es decir un pre registro- en el que los laboratorios de certificación, las empresas que ofrecen juegos y apuestas deportivas a distancia, y los proveedores de servicios pueden ir ingresando sus datos.

Esto permitirá una adecuada operatividad del sistema informático del Mincetur, al atender el total de las solicitudes que se empiecen a recibir a partir del próximo 13 de febrero. Para acceder a este registro previo los interesados deben ingresar en este .

Ello será importante, porque se tienen identificadas 115 empresas que vienen ofreciendo los servicios de juegos y apuestas deportivas a distancia en el país, de las cuales 86 son no domiciliadas y 29 son peruanas”, afirmó el ministro.

Es importante precisar que una vez las empresas cumplan con los requisitos y sean autorizadas por Mincetur, esto es a partir del 1 de abril, se encontrarán afectas a los gravámenes.

Así, Mincetur estima que, según esta norma, el Estado Peruano podrá recaudar unos S/ 162 millones anuales, a invertirse en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental. Ello no afectará a las apuestas ni el pago de premios.

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Multa

En caso las empresas de servicios de juegos y apuestas deportivas a distancia no tengan la autorización de funcionamiento, Mincetur señaló que hay una sanción no menor a 150 UIT (S/ 772,500).

Además, estas compañías recibirían una denuncia penal e inhabilitación para ejercer esta actividad.

Sobre la ley

Como se recuerda, la Ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia señala, entre diversos aspectos, que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia.

El dispositivo legal sostiene, de manera clara, además, que solo podrán participar de esta actividad aquella persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registrada previamente en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas para su explotación por el Mincetur.

En el caso de las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estos podrán estar ubicados en un local exclusivo de esta actividad u otros que tengan como giro principal la venta de otros productos o servicios.

Respecto a las apuestas, la nueva ley indica que el jugador debe realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago, con excepción de las criptomonedas.

En el caso de obtener premios, estos podrán ser cobrados por el medio de pago que el jugador elija o, en su defecto, mediante una cuenta a su nombre, abierta en una empresa del sistema financiero bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Cabe indicar que únicamente pueden ser objeto de apuestas deportivas aquellos eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales.

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