Desde hoy, martes 10 de diciembre, los hospedajes y arrendadores deberán registrar a los ciudadanos extranjeros a los que les brinden sus servicios, en una plataforma virtual gratuita de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Ello en cumplimiento del Decreto Supremo N.° 011-2024-IN, que modifica el Reglamento del DL 1350, Ley de Migraciones, y que obliga a los hospedajes y arrendadores a exigir los documentos de viaje o de identidad de las personas extranjeras.
Cabe precisar que ya el DS 007-2017-IN establecía la obligación de registrar a los arrendatarios en el sistema de Migraciones. No obstante, Migraciones indicó a Gestión que las principales modificaciones son:
- La creación de una plataforma gratuita para el registro de la información de los huéspedes y arrendatarios.
- Se estableció la obligación del arrendador de los inmuebles para que exija la presentación del documento de viaje o identidad de la persona extranjera con quien suscriba el contrato; y de todos los que formen parte del grupo arrendador.
- En el caso de los hospedajes, se establece la obligación para que acaten las disposiciones de Migraciones y no impidan su labor. Haciendo hincapié en la obligación del registro del número de documento de identidad o de viaje de los extranjeros que hospeden, entre otros datos.
Adicionalmente
- La ley de Migraciones establece que la PNP junto a Migraciones, realicen operativos, como en los hospedajes, que permitan verificar la situación migratoria de las personas extranjeras en el territorio nacional, así como las infracciones en materia migratoria, es decir intervención conjunta.
Como parte de esta medida, los extranjeros tendrán que presentar su pasaporte vigente, en caso se encuentren como turistas, o su Carné de Extranjería o Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) si es que son residentes en el Perú.
De esta manera, tanto los hospedajes como arrendadores podrán mitigar el riesgo de que sus establecimientos puedan ser usados en actividades ilícitas y así, contribuir todos con la seguridad nacional.
MULTAS
Los hospedajes que no cumplan con la disposición y no soliciten la documentación a las personas extranjeras, no registren adecuadamente su información ni la transmitan a la plataforma de Migraciones, serán pasibles de sanción con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/ 10,300.
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