La Corte Suprema de Justicia de la República del Perú recientemente dictaminó sobre un caso relevante en el ámbito tributario, relacionado con la depreciación de activos fijos y los gastos de exploración en una empresa minera. Esta sentencia aborda la interpretación y aplicación de normas tributarias en cuanto a la deducción de gastos para el cálculo del Impuesto a la Renta.
La decisión se centra en aspectos técnicos y legales, enfocándose en la necesidad de una documentación adecuada para justificar los gastos declarados, y establece parámetros claros sobre la autoridad de la administración tributaria para solicitar información de ejercicios fiscales anteriores.
Se enfoca en los reparos presentados por la administración tributaria respecto al exceso en la depreciación de bienes del activo fijo y los gastos de exploración en una empresa del sector minero. Este aspecto de la sentencia es crucial, ya que trata sobre cómo deben ser clasificados y registrados estos gastos para propósitos tributarios.
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La resolución de la Corte Suprema profundiza en la interpretación de la ley tributaria, particularmente en lo que respecta a la adecuada clasificación de los gastos. La sentencia recalca la importancia de que los gastos estén directamente vinculados con la generación de ingresos de la empresa.
Este enfoque implica que para que un gasto sea deducible, debe haber una relación directa y justificable con las actividades generadoras de ingresos de la empresa. La sentencia, por lo tanto, no solo resuelve un caso específico, sino que también clarifica aspectos fundamentales de la ley tributaria para situaciones similares.
Enfatiza la necesidad de que los contribuyentes mantengan y presenten documentación adecuada que respalde sus gastos. Esto incluye la conservación de registros y pruebas incluso de ejercicios fiscales prescritos, si estos tienen relevancia en ejercicios fiscales no prescritos.
La sentencia subraya que la administración tributaria tiene el derecho de solicitar esta documentación para verificar la precisión en la declaración de gastos y la determinación de la obligación tributaria.
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La sentencia de la Corte Suprema refuerza la autoridad de la administración tributaria en el contexto de fiscalización y verificación de la información tributaria. Establece que la administración tiene el derecho de solicitar documentación de ejercicios fiscales anteriores para confirmar la precisión en la declaración de los gastos y la correcta determinación de la obligación tributaria en ejercicios no prescritos.
Esto implica un mayor alcance en la capacidad de la administración tributaria para revisar y cuestionar declaraciones pasadas, en el contexto de ejercicios fiscales aún abiertos a revisión.
La sentencia aborda la interpretación de normas tributarias relacionadas con la depreciación de activos y gastos de exploración, subrayando la necesidad de una correlación directa y claramente demostrable entre los gastos incurridos y las rentas producidas.
Comentarios
Katarzyna Dunin Borkowski, directora de Consultoría Tributaria y Aduanera en PwC menciona que la sentencia de la Corte Suprema refleja un criterio ya existente en un informe de la Sunat, aunque no obligatorio para el Poder Judicial. La Corte ha formalizado este criterio en una casación, otorgándole un peso legal mayor. Esta casación subraya que la Administración Tributaria, en su función fiscalizadora, puede solicitar información de ejercicios prescritos que influyan en obligaciones tributarias actuales.
Existe una diferencia entre esta casación y otra anterior respecto al sustento del arrastre de pérdidas. Mientras una casación anterior indicaba que no era necesario justificar las pérdidas de ejercicios prescritos para su deducción, la reciente casación sugiere lo contrario. Este cambio implica que las empresas deben conservar documentación relevante, incluso de ejercicios prescritos, especialmente si tienen impacto en obligaciones actuales.
La clave está en determinar qué información específica guardar, apunta Dunin Borkowski.
“Para activos fijos, como inmuebles, recomendaría mantener el registro de activos fijos y documentos que acrediten su costo por un periodo extendido. Esto incluye comprobantes de pago, vouchers y, en el caso de bienes adquiridos a personas naturales, formularios como el N° 820 y escrituras públicas. En cuanto al arrastre de pérdidas, aunque la digitalización ofrece una solución parcial, la conservación física de los documentos originales sigue siendo esencial, aunque representa un desafío en el contexto actual”, detalla.
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Aunque la sentencia de la Corte Suprema se centra en el sector minero, sus implicaciones podrían extenderse a otras áreas de la economía. En línea con Dunin Borkowski, Jorge Picón Gonzales socio de Picon & Asociados enfoca su análisis en la reciente casación de la Corte Suprema, subrayando su impacto en la conservación de documentación tributaria.
Destaca que los contribuyentes deben mantener información relevante para la determinación de impuestos en periodos no prescritos, incluso si esta proviene de periodos prescritos. Ejemplifica con la depreciación de activos comprados en años anteriores, como una oficina adquirida en 2010 que aún se deprecia.
Resalta que, a pesar de la prescripción de ciertos periodos, la documentación que afecta las declaraciones fiscales actuales sigue siendo crucial. Picón menciona que “esta práctica no es nueva, pero la casación refuerza la necesidad de conservar esta documentación, y aunque algunos casos puedan sugerir lo contrario, la regla general se mantiene firme en este aspecto”.
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Abogado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Actualmente, ocupa la posición de redactor en el área de Economía en el Diario Gestión.
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