La Corte Superior de Justicia de Ate desestimó la demanda de amparo presentada por la empresa Backus que buscaba inaplicar el Decreto Supremo 014-2022-TR, que modificó el reglamento de la ley de relaciones colectivas y que había sido criticado por expertos, quienes alegaban que permitía que se realicen huelgas “por cualquier cosa”.
El DS plantea que cuando un sindicato solicita ir a huelga, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) cuenta con un plazo de 3 días para responder a su solicitud. De no hacerlo, la huelga se entenderá como aprobada en virtud del silencio administrativo positivo. Es decir, existe una aprobación automática de la huelga.
Este hecho, junto con la modificación que señaló que no se necesitaría ir a negociación colectiva como requisito previo para ir a huelga y la apreciación de parte de algunos expertos sobre que el Ministerio no contaría con la capacidad para responder a las solicitudes de huelga en el plazo otorgado llevó a algunos a criticar al DS como una “carta blanca” para ir a huelga.
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¿Por qué se desestimó la demanda?
Backus argumentó ante el Poder Judicial que el DS atentaba contra su libertad de empresa, a su derecho constitucional para acudir al arbitraje (ya que el decreto crea una prohibición expresa de que el empleador pueda acudir a la jurisdicción arbitral en su modalidad potestativa) y al principio de jerarquía normativa.
Sin embargo, la Corte Superior rechazó la demanda por temas de forma. De acuerdo con la Corte, no existe una vulneración real para la empresa Backus, sino solo una amenaza. Esto, pese a que, en la duración del proceso los trabajadores de Backus iniciaron una huelga.
En ese sentido, recalcan que la demanda de Backus solo presenta “cuestionamientos realizados en abstracto al Decreto Supremo N° 014-2022, y no en el marco de un caso y controversia concretos, ello hace imposible la aplicación del control difuso en el presente caso”, por lo que la pretensión demandada no resulta amparable.
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Mal precedente
Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, considera que la Corte Superior está siendo “excesivamente formal” y que no se tiene que esperar a que suceda una huelga para que las personas puedan acudir al Poder Judicial mediante un proceso de amparo.
“Esta sentencia fija un mal precedente. Además, hay que considerar que un amparo se demora entre 4 a 6 meses en ser resuelto. Es decir, es imposible poner en práctica lo que dice el juzgado de esperar a que una amenaza se concrete en un peligro real. Es vaciar de contenido al recurso de amparo”, recalca el abogado.
Toyama indica que este es un “un caso simbólico” y que contiene criterios que no deberían volver a aplicarse.
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El Futuro
La empresa aún podrá apelar la decisión de la Corte Superior y, eventualmente, el caso podría llegar al Tribunal Constitucional.
Asimismo, la demanda solicitaba la inaplicación específica para el caso de Backus, por lo que otras empresas aún pueden obtener resultados distintos con relación a sus propias demandas.
Según Germán Lora, socio del estudio Damma, hay un número de otros casos particulares que buscan la inaplicación del decreto, pero “pareciese que los juzgados están esperando la resolución de las acciones populares que buscan derogar la norma antes de emitir pronunciamiento”.
Por otro lado, de acuerdo con fuentes del sector, actualmente existen cuatro acciones populares en primera instancia que buscan derogar el Decreto Supremo 014-2022-TR en su totalidad.
Según Lora, a diferencia del Decreto Supremo 001-2022-TR, el cual modificó el uso de la tercerización laboral, está norma no es fácil de debatir. “Aquí no hay una afectación inmediata a los derechos constitucionales. Además, los temas sindicales son mucho más sensibles. Que un juez determine en contra de un derecho abiertamente sindical es mucho más sensible que ir en contra de la norma que restringió la tercerización”, recalca al respecto.