El bono familiar habitacional es un subsidio otorgado por el Estado de forma gratuita a las familias como premio a su esfuerzo ahorrador. (Foto: GEC)
El bono familiar habitacional es un subsidio otorgado por el Estado de forma gratuita a las familias como premio a su esfuerzo ahorrador. (Foto: GEC)

El Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) aumentó el valor del bono familiar habitacional (BFH) que se otorga para las modalidades de adquisición de vivienda nueva o construcción en sitio propio, en el marco de los programas de vivienda de Techo Propio.

Según la Resolución Ministerial Nº 86-2020-VIVIENDA, publicado este viernes en el Diario Oficial El Peruano, los nuevos valores del BFH serán los siguientes:

  • BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio: 6.00 UIT (S/ 25,800). Anteriormente era de 5.45 UIT
  • BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva: 8.75 UIT (S/ 37,625). Anteriormente era de 8 UIT

El aumento del valor del bono se enmarca dentro de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1464, que autorizaba al MVCS a hacer los cambios correspondientes para impulsar la adquisición de viviendas entre las familias de bajos recursos que hayan podido verse afectadas económicamente por el estado de emergencia nacional para frenar la propagación del coronavirus (Covid-19).

La norma señala que las entidades técnicas tendrán un plazo máximo de 12 días calendario contados a partir de otorgado el código de proyecto para presentar ante el Fondo Mivivienda la garantía correspondiente para la atención a la población referida previamente. Este plazo podrá ser ampliado por 12 días calendario adicionales, por única vez.

El Fondo Mivivienda efectuará el desembolso del BFH en un plazo no mayor de 5 días hábiles de validadas las garantías.

El bono familiar habitacional es un subsidio otorgado por el Estado de forma gratuita a las familias que no cuenten con una vivienda o tengan un terreno, como premio a su esfuerzo ahorrador.

Este bono estaba sujeto a requisitos mínimos como contar con un ahorro mínimo en una institución financiera, el cual ha sido exceptuado temporalmente hasta el 31 de diciembre de este año.

Un segundo requisito es el nivel máximo del ingreso familiar mensual. Según el portal del Fondo Mivivienda, los valores fijados son los siguientes:

  • Para la compra de una vivienda: El Ingreso Familiar Mensual (IFM) no debe exceder los S/ 3,538.1
  • Para construcción de una vivienda: El Ingreso Familiar Mensual (IFM) no debe exceder los S/ 2,627