Una reciente propuesta en el Congreso de la República plantea realizar algunas modificaciones a la ley del teletrabajo (Ley 31572) en busca de “fortalecer la protección constitucional de la madre trabajadora”. La iniciativa busca establecer un “período obligatorio de teletrabajo en atención de la edad del recién nacido”, para lo cual se propone que la madre tendrá “derecho” a realizar esta modalidad hasta que su hijo cumpla un año de edad.
Además, este mecanismo laboral se aplicará para las trabajadoras gestantes desde el momento en que comunican su condición al empleador. “No afecta al derecho de descanso pre y post natal”, precisó la propuesta.
“La presente ley busca garantizar la eficacia del derecho a la igualdad material de las madres trabajadoras, mediante el uso del trabajo en condiciones adecuadas y sin descuidar la productividad de la respectiva función”, justificó el documento, cuyo autor es el congresista Alfredo Pariona (Bancada Socialista).
La medida fue derivada este miércoles 22 de enero a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso para ser debatida. Posteriormente, debería ser evaluada en el Pleno y así ser enviada al Ejecutivo para su revisión.
Impacto en el mercado laboral
Como punto de partida, Katy Noriega, asociada principal de PPU, señaló que la normativa peruana ya considera una serie de disposiciones para brindarle facilidades a las trabajadoras en gestación y en período de lactancia (donde calzaría este año de derecho a teletrabajo) y que van más allá del teletrabajo.
“Hoy en la normativa tenemos protecciones ante el despido, disposiciones para que se adecúe el puesto de trabajo a embarazadas o que no se afecte el período de lactancia. Hoy, en aras de facilitar el entorno, ya está dispuesto el uso del teletrabajo para las madres como una recomendación”, comentó.
Esto también fue recordado por Pamela Navarro, directora de Atalla Legal, precisando que está establecido en el marco laboral que el teletrabajo se promueve en favor de ciertos grupos de trabajadores, entre ellos las gestantes y en período de lactancia.
“El teletrabajo se fomenta en favor de la población vulnerable, debiéndose evaluar previamente la naturaleza de las funciones y el perfil del puesto que desempeña el trabajador”, precisa la norma general sobre el teletrabajo.
En este escenario, ambas especialistas laborales observaron el avance de esta medida por las consecuencias que tendrá en el mercado ante una mayor participación de las mujeres.
“Es una buena iniciativa, pero ajustada a la realidad no lo es. Fijarlo como un derecho, como una obligación, es una situación de relativa ventaja porque innegablemente se atiende una condición de mayor vulnerabilidad, pero lo cierto también es que terminaría impactando en la contratación de mujeres. Se genera la posibilidad de que los empleadores con cierta realidad empresarial, simplemente, no contraten mujeres en edad fértil o que se encuentren en estado de gestación”, apuntó Noriega.
En esta línea, Navarro indicó que esta medida tendrá como impacto reducir la contratación de mujeres en edad fértil en los sectores donde no se pueda realizar teletrabajo, como los puestos de atención al clientes, en agencias de bancos o supermercados, entre otros.
“Es un freno total para la contratación donde la esencia de las labores son presenciales. Se aumenta este sesgo sobre la maternidad y en las empresas como bancos, las agencias, no se va a querer contratarlas”, precisó.
Navarro, incluso, comentó que resulta hasta inoportuna realizar esta “segmentación” enviando a las mujeres desde su gestación a la modalidad de teletrabajo y sin que se presenten riesgos algunos.
“¿Por qué como mujer se tendría que estar obligada a hacer teletrabajo si no hay riesgos? ¿Por qué se tiene que hacer esa segmentación de separarlas de su centro de labores? No todas quieren hacer teletrabajo, que tiene sus pro y contra, ni bien salen embarazadas”, argumentó.
Considerando desde la notificación de la gestación hasta que el hijo cumple un año, se trataría de alrededor de 20 meses, más de un año medio, realizando teletrabajo, sumó Navarro.
“Con lo que cuesta elevar la contratación de mujeres en el mercado laboral, incluso en rubros duros como la construcción, minería, donde representan máximo el 10% del personal, esta medida no termina promoviendo su empleabilidad”, observó la directora de Atalla Legal.
Además, Noriega recordó que, aún sin ser una recomendación la aplicación del teletrabajo para mujeres gestantes y en período de lactancia, las áreas de seguridad ocupacional de las empresas están obligadas a realizar una evaluación sobre las condiciones de trabajo para estos grupos de trabajadores y validar que no hayan riesgos.
Bachiller en Comunicación y Periodismo en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), especializado en economía, negocios, mercado laboral, políticas públicas, tributario, procesos concursales.
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