El pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que establece que los docentes nombrados o contratados de los institutos y escuelas de educación superior reciban una compensación por tiempo de servicios (CTS) que se otorga al momento del cese.
Esta será sobre el 100% de su remuneración integral mensual superior por año o proporcional por cada mes y día de tiempo de servicios oficiales, incluido los laborados en cualquiera de las etapas de sistema educativo.
La autógrafa que modificó la Ley 30512, de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes fue observada por el Poder Ejecutivo en julio último.
La insistencia fuer aprobada con 112 votos a favor y no conto ni con votos en contra, ni abstenciones.
La iniciativa establece que los docentes nombrados o contratados de los institutos y escuelas de educación superior reciben una compensación por tiempo de servicios (CTS) que se otorga al momento del cese, a razón del 100% de su remuneración integral mensual superior por año o proporcional por cada mes y día de tiempo de servicios oficiales, incluido los laborados en cualquiera de las etapas de sistema educativo.
La CTS para dichos docentes se devenga desde el primer mes del inicio del vínculo laboral en el sector educación.
Durante el debate, el legislador Alex Paredes, de la bancada Bloque Magisterial, manifestó que la norma representa una reinvidicación para los docentes.
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