En su sesión de este jueves 18, la Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el dictamen de ley que complementa la regulación de los clubes en proceso concursal.
En detalle, el grupo legislativo lo aprobó con 17 votos a favor, 5 abstenciones y 5 en contra. Como se recuerda, esta propuesta ya fue aprobada en primera votación el 4 de julio. Entonces, la Comisión Permanente registró 14 votos a favor, 3 en contra y 9 abstenciones.
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Ahora, la autógrafa de ley debe ser enviada al Ejecutivo para que, en el lapso de 15 días útiles, se pronuncie al respecto: aprobándolo u observándolo.
Uno de los principales detalles de esta propuesta legislativa es que, a los clubes cuyo proceso concursal se suspendió ante bajísimos avances en su reestructuración, se les permitirá iniciar el pago de su deuda. Para ello, se plantea un cronograma de pagos que van desde los 10 años, para los que superen los S/20 millones de deuda concursal, y los 30 años, en el caso que el pasivo supere los S/100 millones.
Otro aspecto importante es que la propuesta abre la ventana para que cualquier club de fútbol en crisis financiera pueda acogerse a este marco. La norma precisa que los clubes cuyos procesos concursales están paralizados, tratándose de Universitario de Deportes y Sport Boys, pasan de manera automática para iniciar el pago de sus deudas concursales.
En segundo lugar, se menciona que los equipos que están concursados, pero sus procesos todavía están vigentes (como Alianza Lima, Cienciano y Melgar) pueden acogerse a este marco, toda vez que sea aprobado por su junta de acreedores. Es importante señalar aquí que este grupo de equipos fue exonerado de la anterior norma porque sus principales acreedores son un grupo de privados. Y, en tercer lugar, se establece que cualquier club en crisis puede acogerse a este nuevo régimen, luego de agotar primero la fase de etapa concursal especial para equipos.
Respecto a las administraciones, con este nuevo marco, se señala que la Sunat asume la respectiva supervisión y designa a un administrador, el cual estará por un máximo de tres años y prorrogable solo una única vez.
Sobre los plazos establecidos para pagar su deuda concursal, la propuesta menciona que iniciado el plan de pagos, de registrarse tres cuotas mensuales seguidas incumplidas, se pierde el derecho de pertenecer a este régimen y se pasa al ordinario general, donde la liquidación es una opción.
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