El MIDIS es el ente encargado de entregar el bono y ya trabaja en la elaboración del padrón de beneficiarios.
El MIDIS es el ente encargado de entregar el bono y ya trabaja en la elaboración del padrón de beneficiarios.

El se creó con el fin de ayudar económicamente a las personas más vulnerables que se han visto afectadas por el alza de los precios en la canasta básica. Este nuevo subsidio es de 270 soles y ya se viene revelando detalles sobre cómo cobrarlo, quiénes son los beneficiarios y más.

La norma fue aprobada el pasado 31 de julio en la Ley Nº 31538, publicada en el Diario Oficial El Peruano. Dicha norma aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del Gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.

¿Cómo se podrá cobrar el bono alimentario?

El pago del bono alimentario será como todos los subsidios que ofrece el gobierno, pues el pago se hará a través del Banco de la Nación, así como de todas las demás empresas del sistema financiero y empresas de dinero electrónico del país, por medio de sus canales de atención.

Además, es importante mencionar que se podrá usar tarjetas en todos los casos sin cobro de comisiones o gastos para los beneficiarios, detalla la norma.

¿Quiénes serán los beneficiarios del bono?

El presidente Pedro Castillo, anunció en su último mensaje a la Nación, que el bono alcanzará a 6 millones de personas que viven en situación de pobreza y vulnerabilidad, con una inversión de 2 mil millones de soles y está dirigido para los beneficiarios de la denominada subvención adicional extraordinaria y que pertenecen a los programas Juntos, Pensión 65 y Contigo.

La norma respectiva autoriza, “de forma excepcional y por única vez, el otorgamiento de un subsidio monetario individual de S/ 270, a favor de personas mayores de edad en situación de vulnerabilidad económica ante el incremento de precios de los alimentos [...]”.

¿Desde cuándo y hasta cuándo se entregará?

De acuerdo a la Ley Nº 31538, en un plazo de 30 días calendarios (fines de agosto), el Consejo de Ministros debe aprobar disposiciones reglamentarias que establezcan los criterios de elegibilidad de los potenciales beneficiarios. Se estima que después de ello se procederá a la entrega del subsidio.

Además, la norma indica que el cobro del subsidio monetario individual de la presente ley podrá hacerse efectivo hasta el 30 de abril de 2023.