El gobierno ha publicado un Decreto Legislativo, que obliga a los árbitros y centros de arbitraje a inscribirse en el Registro Nacional de Árbitros y Centros de Arbitraje (Renace), con el objetivo de mejorar la transparencia y seguridad jurídica en el sistema de arbitraje en el Perú.
Sin embargo, queda por ver si esta medida logrará cumplir sus metas sin generar complicaciones adicionales o si realmente contribuirá a mejorar la percepción pública sobre la imparcialidad y eficiencia del arbitraje en el país.
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¿Qué dice el nuevo decreto?
El nuevo Decreto Legislativo N° 1660 establece que todos los árbitros y centros de arbitraje en el Perú deben inscribirse obligatoriamente en Renace. Este registro será administrado por el Ministerio de Justicia y servirá para que cualquier persona pueda consultar información sobre los árbitros, como su experiencia y formación profesional, y sobre los centros de arbitraje que operan en el país.
La inscripción en Renace no tiene costo y no se agregarán nuevos requisitos para que los árbitros puedan ejercer su función. Además, los árbitros y centros de arbitraje deberán proporcionar la información necesaria al Ministerio de Justicia para asegurar que los datos estén completos y actualizados.
El decreto da al Gobierno un plazo de 60 días para aprobar el reglamento que detallará cómo se hará la inscripción en Renace. A partir de ahí, los árbitros y centros de arbitraje tendrán también 60 días para completar su inscripción. Si no cumplen con este requisito, el Ministerio de Justicia podrá señalar públicamente los incumplimientos a través del mismo registro.
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Análisis
José Daniel Amado, Presidente de la Comisión Nacional de Arbitraje de ICC Perú, destacó que el país se ha consolidado como uno de los más activos en materia de arbitraje, con más de 3,500 arbitrajes registrados el año pasado, tanto nacionales como internacionales.
“El arbitraje ofrece a las partes una alternativa eficiente y especializada para la resolución de disputas, permitiéndoles elegir árbitros calificados que comprendan mejor la naturaleza del conflicto, lo que asegura decisiones justas y técnicamente precisas. Esta libertad de elección es esencial para garantizar la seguridad jurídica, un elemento clave para atraer y mantener la inversión privada en el país”, dijo.
Sin embargo, el Decreto Legislativo 1660, que establece la obligatoriedad de inscripción de árbitros en un registro del Ministerio de Justicia, amenaza con limitar esa libertad. Amado señaló que esta medida podría reducir drásticamente la cantidad de árbitros disponibles, especialmente aquellos con amplia experiencia y reconocimiento.
Esto ya ocurrió en arbitrajes relacionados con contrataciones públicas, donde la exigencia de cursos específicos dejó fuera a muchos profesionales de renombre que no podían cumplir con los requisitos burocráticos. Además, el registro obligatorio afectaría también a los árbitros internacionales, lo que restringiría las opciones de las partes para seleccionar al mejor profesional para sus casos.
Gestión se comunicó con el Ministerio de Justicia para obtener su descargo y esta fue su respuesta:
“A través de la inscripción en Renace, se garantiza que los árbitros y centros de arbitraje cumplan con requisitos de suficiencia técnica, profesional e idoneidad moral, fundamentales para asegurar que las disputas sean resueltas de manera justa y conforme a la normativa vigente. El Ministerio de Justicia, al centralizar esta información, podrá prevenir arbitrajes irregulares y reducir los riesgos de actos de corrupción en este ámbito. Actualmente, se está trabajando en el reglamento que establecerá las disposiciones y procedimientos específicos para la inscripción en Renace, lo que permitirá verificar que los estándares de calidad sean cumplidos”.
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¿Registro arbitrario?
Amado explicó que la implementación del registro obligatorio podría abrir la puerta a un manejo discrecional del mismo por parte del Estado. Esto significa que personas que tal vez no cumplen con los estándares adecuados o que tienen antecedentes cuestionables podrían registrarse, mientras que árbitros con una trayectoria reconocida y experiencia sólida podrían evitar someterse a trámites burocráticos innecesarios, prefiriendo no inscribirse.
Este registro discrecional genera una preocupación adicional: los árbitros que no son necesariamente los más calificados o adecuados para llevar a cabo arbitrajes importantes serían los que quedarían registrados y disponibles para las partes. Amado señala que esto crea una reducción en la calidad del arbitraje, ya que las partes no tendrían acceso a los mejores árbitros, sino solo a aquellos que cumplieron con los requisitos del registro, que podrían ser arbitrarios o manipulados políticamente.
El peligro, según Amado, radica en que este sistema podría resultar en una concentración de casos en manos de un número reducido de árbitros, aquellos que cumplen con los trámites pero no necesariamente son los más calificados o imparciales. Este problema es especialmente grave cuando se trata de arbitrajes con participación del Estado, ya que se reduce la oferta de árbitros de alto nivel y se podría mermar la confianza en el sistema arbitral, lo que podría tener un impacto negativo en la credibilidad del arbitraje nacional e internacional.
Amado advirtió que la exclusión de árbitros internacionales por cuestiones burocráticas genera un riesgo considerable para el sistema arbitral en Perú, ya que desalienta la participación de profesionales de alto nivel que aportan prestigio y calidad a los procesos arbitrales. Esta medida podría llevar a que las disputas comiencen a trasladarse a otras jurisdicciones, afectando no solo la credibilidad del arbitraje en el país, sino también su competitividad a nivel internacional.
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¿Qué ocurrió con los centros de arbitraje?
Amado resaltó que desde que se implementó un registro similar para estos centros, ha habido una proliferación de entidades que se autodenominan “centros de arbitraje”. Actualmente, más de 278 centros de arbitraje están registrados, muchos de los cuales, según Amado, carecen de la institucionalidad, credibilidad y estándares internacionales necesarios para operar de manera efectiva y confiable.
Amado criticó que muchos de estos centros son simplemente negocios familiares o pequeños grupos de amigos, que, a pesar de su falta de legitimidad, reciben una especie de validación por parte del Estado al ser incluidos en este registro. Esto genera una apariencia de legalidad y credibilidad, aunque en la práctica estos centros no cumplen con los estándares mínimos que deberían garantizar un arbitraje justo y transparente.
La preocupación principal de Amado es que esta situación afecta gravemente la calidad del arbitraje en Perú. Los centros de arbitraje más serios y respetados, como los de la Cámara de Comercio de Lima, Amcham o la Pontificia Universidad Católica del Perú, que han construido su reputación sobre la base de la experiencia y el cumplimiento de estándares internacionales, pierden terreno frente a esta proliferación de centros que operan con mucho menos rigor.
“Considero que este exceso de centros registrados, sin un control adecuado de calidad, desprestigia el sistema arbitral peruano y genera confusión tanto entre las empresas como entre los profesionales que recurren al arbitraje como método de resolución de disputas”, dijo.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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