Las advertencias publicitarias de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable deben incluirse obligatoriamente solo en los empaques de los alimentos y bebidas procesadas que midan como mínimo 50 cm², lo que exonera de esta imposición a los empaques individuales de varios productos de tamaño pequeño (como algunas golosinas), de acuerdo con la reglamentación actual.
Sin embargo, estas extensiones mínimas podrían reducirse para que la obligación recaiga sobre un mayor número de productos peligrosos para la salud, sostuvo la ministra de Salud, Zulema Tomás.
“Ya iniciamos (la aplicación de la ley). Entonces, estamos en pleno proceso de construcción. Siempre llega la crítica, bien, somos receptivos, pero recordemos que somos los segundos en Latinoamérica en implementar estos octógonos. ¿Qué va a pasar con estos productos menores de 50 cm²? Estamos en proceso de construcción todavía”, sostuvo la ministra, quien afirmó que se evaluará reducir el tamaño mínimo de los productos que deberán llevar los octógonos.
Inicialmente, cuando el Ministerio de Salud (Minsa) publicó el proyecto de Manual de Advertencias Publicitarias, se fijó en 20 cm² la extensión mínima de los productos que de forma obligatoria deben llevar estas advertencias, pero al oficializarse dicho manual, las extensiones se elevaron a 50 cm².
Al respecto, Gustavo Rosell, director general de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, señaló que esta modificación se debió a la decisión del Minsa de efectuar un cambio progresivo para que la industria pueda adaptarse.
“Esta ley tiene dos propósitos: una, que la misma industria empiece a reducir sus porciones, el tamaño (de sus productos). Va a haber una reducción progresiva. Cuando se discutió la ley, se concluyó que había que llegar a un punto de equilibrio y a partir de allí empezaríamos a hacer los ajustes”, expresó.
Así, según indicó, si bien la imposición del uso de octógonos recae actualmente solo sobre los productos de 50 cm² o más, no se descarta que en adelante los tamaños mínimos sean 30 o de 20 cm².
"Probablemente, con estas observaciones que se han hecho a la ley, estemos entrando a hacer ese estudio (del impacto) y, (se debería tomar la decisión) entre 6 meses y un año ”, indicó.
En el marco del inicio de la entrada en vigencia de la obligatoriedad de incluir octógonos de advertencia en los productos que superen los límites recomendados de azúcar, sal o grasas saturadas, de acuerdo con parámetros fijados por el Minsa, el Indecopi ha iniciado un proceso de fiscalización para detectar eventuales incumplimientos.
“Las sanciones pueden ir desde una amonestación hasta una multa de 700 UIT (S/ 2,940,000), dependiendo de los ingresos que haya tenido el infractor”, explicó Abelardo Aramayo, secretario técnico de la Comisión de Fiscalización de Competencia Desleal del Indecopi.
Asimismo, señaló que ya se han iniciado 41 procedimientos sancionadores por incumplimientos a distintos artículos de la Ley de la Alimentación Saludable. “Por ejemplo, se ha vulnerado la prohibición de que los productos dirigidos a menores de 10 años que sean publicitados consignen imágenes de productos naturales, mostrar porciones inapropiadas para la edad de los niños, entre otros”, agregó el funcionario.