(Foto: GEC)
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Dan un paso más. Con 10 votos a favor, se aprobó por unanimidad -en la Comisión de Defensa al Consumidor- el dictamen del proyecto de ley que busca acumular megas de internet que no se utilizan dentro del plan mensual.

En julio pasado, también la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Parlamento aprobó por mayoría el proyecto de ley que establece que los usuarios de los servicios de telefonía móvil y fija puedan acumular los minutos para llamadas, mensajes de texto y megas en el servicio de internet.

Aunque el proyecto de ley continúa avanzando en el Congreso, los especialistas e instituciones del sector se han manifestado en contra de este texto.

¿Cuáles son los argumentos? AFIN explicó -en su momento- que las redes de telecomunicaciones tienen determinada capacidad en términos de tráfico, es decir, las operadoras ofertan su servicio, asegurándose que su red puede cubrir el tráfico esperado, garantizando de esta forma la calidad del servicio.

Si los consumidores no usan la capacidad contratada en el primer mes, llegando a usar solo el 50% -es decir- 45 megas. Al siguiente mes, considerando lo dispuesto por esta propuesta, los consumidores no solo podrán utilizar la contratada en el mes (90 megas) sino que podrán usar la capacidad restante que no usó el mes anterior (45 megas). ¿Qué pasará? la red tendría que soportar 135 megas de tráfico por lo que colapsará al verse sobredimensionada para un máximo de 100 megas mensuales”, advirtió.

Y, en términos prácticos, agregaron, serán los usuarios los que asuman el costo por el sobredimensionamiento de la red.

En la misma línea, el Osiptel consideró que una iniciativa legislativa con estas características provocaría un alza en las tarifas de los planes postpago en perjuicio de los usuarios.

El regulador consideró que en otros países existe la acumulación de megas, situación que se originó por la propia competencia del mercado y no por una ley. Además, se establece como característica de un solo plan, y no como se plantea en el Congreso: que la acumulación sea trasversal a todos los planes.

-Velocidad garantizada-

La Comisión de Defensa del Consumidor también aprobó por amplia mayoría el predictamen del proyecto de ley que aumenta la velocidad mínima garantizada (VMG) de internet fijo y móvil de 40% a 60%.

Esta propuesta también cuenta con la opinión desfavorable del Ministerio de Transporte y Comunicaciones y del regulador, Osiptel.

El primero alegó que darse luz verde en el Pleno, las empresas de telecomunicaciones podrían reducir las velocidades que ofertan situación que perjudicarían a los usuarios del servicio de internet fijo y móvil.

Igualmente se vulneraría el articulo 62 de la Constitución Política, que prohíbe la modificación legislativa de los términos contractuales, lo que implica en la práctica que no podría variarse los contratos suscritos con las operadoras del servicio.

En tanto que el artículo 103 de la Constitución también impediría su aplicación -según el MTC- en la que se establece que ninguna ley tiene fuerza ni efecto retroactivo.

Mientras que el Osiptel consideró que la norma generaría que las velocidades nominales de internet móvil ofrecidas por las operadoras disminuyan, tomando en cuenta que la nueva exigencia no está acorde con la infraestructura actual (ante el déficit te antenas que bordea las 30,000).

Igualmente podría constituirse en una barrera de entrada de nuevas inversiones y existe el riesgo de limitar la cobertura del servicio de acceso a internet.

Por último AFIN tampoco se mostró a favor de la medida.

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