Motociclistas. (Foto: El Comercio/@photo.gec)
Motociclistas. (Foto: El Comercio/@photo.gec)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la actualización de las especificaciones técnicas de los cascos y chalecos para motociclistas mediante la Resolución Directoral N° 0028-2025-MTC/18,

La normativa les brinda a los usuarios de motocicleta la posibilidad de usar cascos con visores o lentes polarizados, cuando antes solo se permitiría que sean transparentes. Además,

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Se reconocen cuatro tipos de casco permitidos, según la cobertura que ofrecen:

  • 1. Integral: brinda la mayor protección, cubre cabeza, rostro y mentón.
  • 2. Modular o abatible: permite levantar la mentonera, manteniendo altos niveles de seguridad.
  • 3. Tipo jet (abierto): sin protección en el mentón, recomendado en zonas de altas temperaturas.
  • 4. Tipo off-road o motocross: para terrenos exigentes.

Es importante indicar que permanecen prohibidos los cascos tipo bicicleta, skate, industriales, decorativos, sin certificación o con daños estructurales, por no ofrecer protección adecuada.

El MTC recuerda que el uso de cascos certificados reduce hasta en 40 % el riesgo de muerte y en 70 % las lesiones graves, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), y que los motociclistas tienen entre 16 y 26 veces más probabilidad de fallecer que los ocupantes de un automóvil.

La falta de casco o de lentes protectores constituye la infracción G.59, sancionada con S/ 428 (8 % de la UIT), 40 puntos en el Sistema de Licencias y retención del vehículo.

Respecto al chaleco distintivo, su exigencia solo será obligatoria cuando un decreto supremo declare estado de emergencia por orden interno y disponga expresamente su uso. No portar el chaleco con la placa o taparla constituye las infracciones G.68 y G.69, sancionadas con S/428, la acumulación de 20 puntos y retención del vehículo.

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