Hace unos días la Fiscalía anunció la formalización de una investigación contra el gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, por la presunta comisión del delito de contrabando, en el marco del denominado “caso Rolex”. En esta coyuntura, resulta relevante recordar los requisitos que debe cumplir una persona que ingresa al Perú algún bien costoso, como parte de su equipaje.
Son dos los requisitos a cumplir: declarar el bien en Aduanas, en el aeropuerto. Y realizar el pago del impuesto correspondiente.
¿Qué bienes están obligados a declararse? Aduanas indica que se deben declarar los bienes para consumo personal y obsequios, cuyo valor en conjunto superen los US$ 500.
“Por ejemplo, un Rolex de 30 mil dólares es un bien de lujo y se tiene que declarar, pero un reloj de 50 dólares no. Igualmente, unas zapatillas de 180 soles no, pero si traigo unas de 3,000 dólares, lo tengo que declarar”, señaló el abogado tributarista José Verona.
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Aduanas también ha establecido una lista con excepciones a la regla del tope de los US$ 500, para que no esté obligado a declararse un bien. Por ejemplo, la lista de bienes no obligados a declararse incluye a la computadora portátil (1 unidad), cámara fotográfica (2 unidades), teléfono celular (2 unidades), licor (3 litros). Para conocer la lista completa, puede hacer clic en este enlace.
El impuesto a pagar por los bienes costosos
Una vez declarado el bien, el impuesto a pagar es una tasa del 20% de su valor, indicó José Verona. Y es debido a este nivel de impuesto que muchas personas no declaran el bien, con lo cual incurren en el delito de contrabando.
“Todos los días hay personas que adrede no hacen la declaración para no pagar impuestos. Evadir impuestos es un deporte nacional”, subrayó Verona.
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¿Cuáles son las sanciones de no cumplir con los requisitos mencionados? En primer lugar, la persona será multada. “Las mercancías no declaradas serán incautadas y para recuperarlas deberás pagar los impuestos correspondientes y una multa equivalente al 50% de su valor en Aduana”, indica la autoridad tributaria en su página web.
Además, la persona será procesada por el delito de contrabando y podría recibir una pena de cárcel, advierte José Verona. “La condena podría ser una pena privativa de la libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años”, indicó Verona. Agregó que la mayoría de países alrededor del mundo cuentan con una similar legislación.
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Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.
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