El regreso de las clases escolares está a la vuelta de la esquina y no pocos padres de familia buscarán un cambio de colegio, pero lamentablemente siguen entrampados en el proceso de devolución de la cuota de ingreso. Ante ello, Indecopi explica qué pasos seguir para obtenerlo.
Aña Peña, directora de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, recordó que los únicos pagos considerados obligatorios en el servicio educativo de un colegio particular: la cuota de ingreso, la matrícula y la pensión.
De esas tres categorías, solo la primera puede devolverse, en la medida que se trata, por lo general, de un pago muy alto.
Además, otorga al estudiante el derecho a obtener una vacante y permanecer en la institución educativa privada hasta la culminación de sus estudios en dicho plantel.
En ningún caso -subrayó- el colegio privado podrá negarse a devolver el concepto cancelado por cuota de ingreso. El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción pasible de sanción, dijo en diálogo con Andina.
-El monto a devolver-
1.- La funcionaria dijo que existe una fórmula para la devolución la que fue elaborada por el Ministerio de Educación y que toma en cuenta el tiempo de permanencia del alumno en el colegio privado, contado desde el ingreso o la primera matrícula del estudiante.
La fórmula toma en cuenta diversas variables, entre ella la tasa de depreciación e inflación.
“Lo importante es que este aspecto está normado. No hay posibilidad de que el colegio diga que no, porque es un derecho de las familias poder acceder a la devolución de este pago, de acuerdo con la fórmula establecida por el Minedu”.
2.- En caso de traslado o retiro voluntario del estudiante, el colegio privado deberá devolver la cuota de ingreso de forma proporcional al tiempo de permanencia del estudiante, salvo que el usuario del servicio mantenga una deuda pendiente de pago.
En dicho caso, la institución educativa privada podría deducir dicha deuda del monto a devolver por concepto de cuota de ingreso.
3.- Si el centro educativo se negara a entregar el dinero pendiente, los padres de familia deben informar a la UGEL correspondiente, así como al Indecopi.
“Hay un plazo para la devolución de la cuota de ingreso. El primer paso por seguir es acordar con el director o directora del colegio el tiempo que demorará este proceso. Si el monto a devolver es mayor a una UIT, el plazo no debe exceder los 6 meses contados desde que el colegio y el padre de familia tuvieron el acuerdo”.
-Si no quieren devolver-
4.- La funcionaria sugirió que se inicie un reclamo ante el Indecopí, trámite que es totalmente gratuito, además de rápido y puede realizarse de forma virtual, ingresando a este enlace o escribiendo al correo sacreclamo@indecopi.gob.pe
“Tras el reclamo, nos trasladamos al colegio y fomentamos una audiencia de conciliación que además es virtual. Trabajamos para que tu reclamo se solucione en esa audiencia, donde hay la participación de un representante de Indecopi”.
5.- Si no se soluciona con este proceso conciliatorio, rápido y gratuito, el siguiente paso es interponer una denuncia para iniciar un proceso sumarísimo, de alrededor de 40 días, tiempo en el que se podría tener la respuesta del órgano resolutivo. Si se procede con la denuncia hay que pagar una tasa de 36 soles.
“Tenemos una buena aceptación de las audiencias de conciliación, pero también tenemos a las familias que han presentados denuncias. Como dato, en el año 2021 recibimos 827 reclamos contra 394 colegios. De ellos, el 70.4% son centros educativos de Lima y 29.6% en regiones”.
6.- Destacó que es este momento ideal -antes de iniciar las clases-, para presentar una queja o reclamo contra los centros educativos privados que no cumplan con las disposiciones que rigen su actividad.
“El Indecopi ya activó la fiscalización y va a estar así todo el año. Hay más de 12,000 colegios privados en todo el país, si alguien tiene dudas sobre algún proceso administrativo puede comunicarse con Indecopi. Los padres deben mantenerse vigilantes respecto al servicio que ofrece el colegio de sus hijos, y si no lo cumple, deben notificarlo”.