Los cuatro efectos en material laboral que genera el incremento de la UIT a S/ 4,600 el 2022 (Foto: GEC)
Los cuatro efectos en material laboral que genera el incremento de la UIT a S/ 4,600 el 2022 (Foto: GEC)

Esta mañana se publicó en el diario oficial El Peruano el decreto supremo que que incrementa el valor de la UIT para 2022, pasándolo de S/4,400 a S/4,600. Ante ello, ¿qué efectos tendrá en materia laboral?

El identificó cuatro impactos, estos son:

1.- Multas administrativas impuestas por la Sunafil

En el 2021, las empresas no Mype que cuentan con más de 1,000 trabajadores, según el tipo de infracción, las multas máximas ascendía a:

  • Infracción leve: S/ 68,288
  • Infracción grave: S/ 114,928
  • Infracción muy grave: S/ 231,132

En el 2022 -con el aumento de la IUT en S/ 200- las multas máximas para las empresas no Mype y que cuentan con más de 1,000 trabajadores, según el tipo de infracción, ascenderán a:

  • Infracción leve: S/ 71,392
  • Infracción grave: S/ 120,152
  • Infracción muy grave: S/ 241,638

2.- Remuneración Integral Anual (RIA)

La RIA puede pactarse únicamente con los trabajadores que perciban una remuneración mensual no menor de 2 UIT.

Así hasta el 2021, el trabajador que recibía una remuneración mensual igual o mayor a S/ 8,800 puede pactar el pago de una RIA con el empleado.

Pero ahora -desde el 2022- el trabajador que recibe una remuneración mensual igual o mayor a S/ 9,200 podrá pactar el pago de una RIA con el empleador.

El RIA es un pacto de remuneración integral de mutuo acuerdo entre empleador y trabajador para unificar la remuneración ordinaria y los demás beneficios legales o convencionales, con excepción de las utilidades.

3.- Deducción (7 UIT) para el cálculo del Impuesto a la Renta

Hasta el 2021, los trabajadores que perciban ingresos anuales superiores a S/ 30,800 estaban obligados a tributar por la renta generada.

Ahora -el 2022- los trabajadores que perciban ingresos anuales superiores a S/ 32,200 se encontrarán obligados a tributar por la renta generada.

4.- Percepción simultánea de sueldo y pensión

Hasta el 2021 -excepcionalmente- en el Sistema Nacional de Pensiones, el pensionista trabajador podrá percibir simultáneamente pensión y remuneración o retribución, cuando la suma de estos conceptos no supere los S/ 2,200.

Ahora -el 2022- el pensionista trabajador podrá percibir simultáneamente pensión y remuneración o retribución, cuando la suma de estos conceptos no supere los S/ 2,300.

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