La elección por ambos cónyuges o novios del régimen de separación de patrimonios exige la formalización por escritura pública y la inscripción en el Registro Personal a cargo de la SUNARP.
La elección por ambos cónyuges o novios del régimen de separación de patrimonios exige la formalización por escritura pública y la inscripción en el Registro Personal a cargo de la SUNARP.

La regulación patrimonial, y por ende contractual, entre cónyuges tiene lugar a partir de la elección entre los bienes sociales o separados para la vida matrimonial que ya han emprendido. Para los solteros de cara al matrimonio, existe esta misma alternativa (pueden elegir entre bienes sociales o separados antes de casarse) y la institución de los esponsales, que puede generar una consecuencia indemnizatoria si no llegan a casarse por culpa de alguno de los novios.

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