La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó el reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS), mediante resolución 013-2024, como parte de su tarea de supervisión y regulación.
La norma modifica, incorpora y elimina infracciones en el anexo 1 del citado reglamento aplicable a todas las compañías supervisadas (sistema financiero y empresas de servicios complementarios y conexos, sistema de seguros, sistema privado de pensiones, derramas y cajas de beneficios, entre otros), con excepción de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público (coopac).
Entre las novedades, se incorporan como infracciones graves y muy graves no presentar el informe de evaluación de idoneidad moral; el cobro de primas por seguro de desgravamen que no correspondan al cálculo establecido en la norma vigente. y no contar con el código de ética y conducta, señaló la SBS.
Se incluye también, no informar trimestralmente el cumplimiento del plan de adecuación para los casos de déficit respecto de cualquiera de los requerimientos mínimos de solvencia o de exceso de límites al financiamiento a personas vinculadas o de concentración; el uso de prácticas de negocio que contraviene la norma de gestión de conducta de mercado con impactos económicos superiores a 100 unidades impositivas tributarias (UIT), entre otras, agregó.
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Vigencia
La incorporación de estas infracciones corresponde a la normativa que fuera emitida entre el 2021 y 2022, y cuyo periodo de adecuación ha concluido, por lo que se encuentra en plena vigencia.
Asimismo, la resolución hace precisiones al anexo 1, estableciéndose como infracciones el suministro de información incorrecta en la declaración jurada de los propietarios significativos y beneficiarios finales, y no aplicar medidas de debida diligencia reforzada a las relaciones de corresponsalía.
Además, habrá infracción por no poner en conocimiento de los directores, gerentes y trabajadores la actualización del manual de prevención lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT); exceder los plazos establecidos en la norma vigente sobre la ausencia y vacancia del oficial de cumplimiento; entre otros.
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