Comisión de Economía del Congreso de la República del Perú aprobó el sétimo retiro de fondos de afiliados a las AFP para todos los contribuyentes sin restricción, en sesión extraordinaria.
Tras aprobar nuevo retiro con 17 votos a favor y 3 en contra, Congreso retrocede de limitar liberación solo a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones que, hasta el 31 de noviembre de 2023, no cuenten con acreditación de aportes previsionales a la cuenta individual de capitalización (CIC), por al menos seis meses consecutivos.
La convocatoria para la sesión extraordinaria de dicho grupo de trabajo hoy lunes 25 de marzo, incluía inicialmente el debate de la “Ley de modernización del Sistema Previsional Peruano”. Sin embargo, ante la cuestión previa presentada por el congresista del Bloque Magisterial, Germán Tacuri, se optó por separar el proyecto de reforma de pensiones de las propuestas de retiro de fondos para la jubilación.
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¿Qué dice el dictamen aprobado?
El texto sustitutorio de la ley autoriza el retiro facultativo de hasta S/ 20,600 a todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), sin ninguna excepción.
El proceso de presentación de la solicitud será manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de la presente ley. Se abona un monto de hasta 1 UIT cada 30 días calendario, realizando el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud a la AFP.
Asimismo, si el afiliado desiste de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización podrá solicitarlo por única vez a la AFP 10 días antes del siguiente desembolso.
El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación sea por orden judicial o administrativa, sin distinción de la cuenta en que fueron depositados.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinará el procedimiento operativo en un plazo que no excederá los 15 días calendario de publicada la ley.
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