A muchos extranjeros llegar al Perú les cambió la vida por distintas razones. Algunos al arribar a este territorio terminan enamorados del país por los paisajes, la cultura y la gastronomía. Otro grupo, además de su visita por turismo, se enamoraban de una peruana o peruano. ¿Buscan la nacionalización peruana?
Uno de los trámites más requeridos por los ciudadanos extranjeros, a parte el de obtención del pasaporte, es el proceso de nacionalización.
Migraciones detalló a Gestión que, desde el 2016, son cerca de 5,000 ciudadanos extranjeros de diversas nacionalidades que ya han recibido el Título de la Nacionalidad Peruana.
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¿Cuáles son los 4 tipos de nacionalización más solicitados en Migraciones?
- Nacionalización por Matrimonio: Permite obtener la nacionalidad peruana a la persona extranjera que se encuentra unida en matrimonio con peruano (a) y residente, en esta condición, en el territorio de la República por lo menos 2 años de residencia legal continua. Su aprobación se materializa a través del Registro de nacionalidad (o llamado título).
- Obtención de la nacionalidad peruana por Naturalización: Permite obtener la nacionalidad peruana por naturalización a la persona extranjera que goce de plena capacidad civil, cuente con 2 años consecutivos de residencia legal en el territorio nacional y demuestre solvencia económica por realizar actividades lícitas en el país. Su aprobación se materializa a través del título de nacionalidad.
- Obtención de la nacionalidad peruana por Doble Nacionalidad por Convenio entre la República del Perú y el Reino de España: Permite obtener la nacionalidad peruana a la persona extranjera de nacionalidad española que goce de plena capacidad civil, cuente con 2 años consecutivos de residencia legal en el territorio nacional, teniendo en cuenta las condiciones del Convenio de Doble Nacionalidad Perú-España. Su aprobación se materializa a través del título de nacionalidad.
- Recuperación de la Nacionalidad Peruana: Este procedimiento administrativo modificado por el Decreto Supremo 004-2023-IN, de fecha 28.04.2023, permite brindar mayores facilidades a los peruanos que por diversas circunstancias renunciaron a su nacionalidad peruana y desean recuperarla. Su aprobación se materializa a través del título de recuperación de nacionalidad.
¿Cuáles son los pasos para obtener la nacionalización, según cada tipo?
- NACIONALIZACIÓN POR MATRIMONIO:
Trámite
- Solicitud ingresada por mesa de partes virtual de la Agencia Digital de Migraciones.
- Dicha solicitud es remitida a la Jefatura Zonal que el administrado designe para su precalificación (cumplimiento de requisitos TUPA),
- Subdirección de Gestión Técnica Migratoria (SGTM) evalúa el expediente administrativo (validación de documentos, solicitud de información a entidades pública o privadas) y califica, de encontrarla conforme, elabora el informe técnico.
- Citación al administrado para firma y huella en el registro de nacionalidad, el mismo que debe estar firmado por todos los órganos involucrados,
- Notificación al administrado para la entrega del Registro de Nacionalidad en una Ceremonia Especial de Juramentación,
Requisitos
- Presentar el formulario (gratuito) que se obtiene en la página web www.migraciones.gob.pe.
- Partida Matrimonio con una antigüedad no mayor de 30 días calendario 60 si la celebración se realizó en el extranjero.
- Copia simple del pasaporte.
- Declaración Jurada simple de convivencia.
- Declaración simple de, domicilio, no poseer antecedentes penales, judiciales y policiales.
- Acreditación de ingresos familiares.
Autoridad que tiene a cargo el procedimiento
- Sub Dirección de Gestión Técnica Migratoria
Documento que otorga la nacionalidad
- Resolución Subdirectoral
Costo
- Gratuito (Inaplicación de este requisito por mandato de Resolución de Indecopi, que lo declara como “barrera burocrática ilegal” (Res. Publicada oficialmente el 10/8/2023).
Plazo del trámite
- 30 días hábiles.
- OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD PERUANA POR NATURALIZACIÓN:
Trámite
- Solicitud ingresada por mesa de partes virtual de la Agencia Digital de Migraciones.
- Dicha solicitud es remitida a la jefatura zonal que el administrado designe para su precalificación (cumplimiento de requisitos TUPA).
- Subdirección de Gestión Técnica Migratoria (SGTM) evalúa el expediente administrativo (validación de documentos, solicitud de información a entidades pública o privadas) y califica, de encontrarla conforme, cita al solicitante para el último día hábil del mes, a fin de que sea examinado por la comisión de evaluación. Culminado ello se formula el informe técnico.
- La Dirección de Gestión. Técnica y Fiscalización Migratoria (DGTFM) remite el expediente a la Oficina de Asesoría Jurídica de Migraciones, con la finalidad que emita el Dictamen pertinente.
- Posterior a ello se revida el expediente a la Oficina General de Asesoría Jurídica de Mininter, de estar conforme elabora el informe legal y proyecto de Resolución Suprema, la misma que debe estar visada por los órganos involucrados.
- Concluida esta etapa se remite el expediente al Despacho Presidencial para la consideración y rúbrica.
- Migraciones recibe el expediente y cita al administrado para su firma y huella en el Título de nacionalidad, el mismo que debe encontrase visado por todos los órganos involucrados.
- Notificación al administrado para la entrega del Título de Nacionalidad en una Ceremonia Especial de Juramentación
Requisitos Generales
- Presentar el formulario (gratuito) que se obtiene en la página web www.migraciones.gob.pe o en la Superintendencia Nacional de Migraciones.
- Declaración jurada de domicilio, no poseer antecedentes penales, judiciales y policiales.
- Copia simple del pasaporte.
- Acreditación de ingresos económicos mínima de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de renta bruta anual. En el caso de religiosos se debe presentar declaración jurada de sustento económico.
- Acta de nacimiento legalizada.
Requisitos Específicos
De conformidad con lo señalado en el artículo Art. 9° del D.S N° 004-97-IN:
- Trabajador Dependiente.
- Trabajador Independiente.
- Inversionista.
- Religioso.
Autoridad que tiene a cargo el procedimiento
- Sub Dirección de Gestión Técnica Migratoria
Documento que otorga la nacionalidad
- Resolución Suprema
Costo
- Gratuito (Inaplicación de este requisito por mandato de Resolución de Indecopi, que lo declara como “barrera burocrática ilegal” (Res. Publicada oficialmente el 10/08/2023).
Plazo del trámite
- 30 días hábiles.
- OBTENCIÓN POR DOBLE NACIONALIDAD POR CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA:
Trámite
- Solicitud ingresada por mesa de partes virtual de la Agencia Digital de Migraciones.
- Dicha solicitud es remitida a la Jefatura Zonal que el administrado designe para su precalificación (cumplimiento de requisitos TUPA).
- Subdirección de Gestión Técnica Migratoria evalúa el expediente administrativo (validación de documentos, solicitud de información a entidades pública o privadas) y califica, de encontrarla conforme, cita al solicitante para el último día hábil del mes, a fin de que sea examinado por la comisión de evaluación. Culminado ello se formula el informe técnico.
- La Dirección de Gestión. Técnica y Fiscalización Migratoria remite el expediente a la Oficina de Asesoría Jurídica de Migraciones, con la finalidad que emita el Dictamen pertinente.
- Posterior a ello se revida el expediente a la Oficina General de Asesoría Jurídica de Mininter, de estar conforme elabora el informe legal y proyecto de Resolución Ministerial, la misma que debe estar visada por los órganos involucrados.
- Migraciones recibe el expediente y cita al administrado para su firma y huella en el Título de nacionalidad, el mismo que debe encontrase visado por todos los órganos involucrados.
- Notificación al administrado para la entrega del Título de Nacionalidad en una Ceremonia Especial de Juramentación.
Requisitos
- Presentar el formulario (gratuito) que se obtiene en la página web www.migraciones.gob.pe o en la Superintendencia Nacional de Migraciones.
- Indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
- Carta para adquirir la nacionalidad peruana.
- Acta de nacimiento legalizada.
- Declaración jurada de estado de salud, domicilio, no poseer antecedentes penales, judiciales y policiales.
- Copia simple Pasaporte vigente.
- Acreditación de ingresos económicos.
- Declaración jurada (solo religiosos).
Autoridad que tiene a cargo el procedimiento
- Sub Dirección de Gestión Técnica Migratoria
Documento que otorga la nacionalidad
- Resolución Ministerial
Costo
- S/ 392.10
Plazo del trámite
- 30 días hábiles.
- RECUPERACIÓN DE LA NACIONALIDAD PERUANA:
Trámite
- Solicitud ingresada por mesa de partes virtual de la Agencia Digital de Migraciones.
- Dicha solicitud es remitida a la Jefatura Zonal que el administrado designe para su precalificación (cumplimiento de requisitos TUPA).
- Subdirección de Gestión Técnica Migratoria evalúa el expediente administrativo (validación de documentos, solicitud de información a entidades pública o privadas) y califica, de encontrarla conforme, cita al solicitante para el último día hábil del mes, a fin de que sea examinado por la comisión de evaluación. Culminado ello se formula el informe técnico.
- La Dirección de Gestión. Técnica y Fiscalización Migratoria remite el expediente a la Oficina de Asesoría Jurídica de Migraciones, con la finalidad que emita el Dictamen pertinente.
- Posterior a ello se revida el expediente a la Oficina General de Asesoría Jurídica de Mininter, de estar conforme elabora el informe legal y proyecto de Resolución Ministerial, la misma que debe estar visada por los órganos involucrados.
- Migraciones recibe el expediente y cita al administrado para su firma y huella en el Título de nacionalidad, el mismo que debe encontrase visado por todos los órganos involucrados.
- Notificación al administrado para la entrega del Título de Nacionalidad en una Ceremonia Especial de Juramentación.
Requisitos
- Presentar el formulario (gratuito) que se obtiene en la página web www.migraciones.gob.pe o en la Superintendencia Nacional de Migraciones.
- Indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
- Acta de nacimiento no mayor a 90 días calendario.
- Copia simple del pasaporte.
- Declaración jurada de estado de salud, domicilio, no poseer antecedentes penales, judiciales y policiales.
- Declaración Jurada de encontrarse en cumplimiento de las condiciones y requisitos que fueran presentados en la prórroga de residencia o cambio de calidad migratoria, caso contrario presentar copia simple de los documentos actualizados que sustenten dicho cambio.
- Ficha de canje internacional de interpol no mayor a 6 meses.
Autoridad que tiene a cargo el procedimiento
- Sub Dirección de Gestión Técnica Migratoria
Documento que otorga la nacionalidad
- Resolución Ministerial
Costo
- S/ 323.70
Plazo del trámite
- 30 días hábiles.
¿Cuáles son los errores en lo que recae el extranjero al momento de tramitar la nacionalización?
- Cómputo erróneo de los dos años mínimos de residencia continua, para acreditar las solicitudes de nacionalidad.
- Cómputo erróneo de los dos años de la inscripción del matrimonio civil con peruano (a), para acreditar la solicitud de nacionalización por matrimonio.
¿Existe algún impedimento para que un extranjero no pueda optar por ninguno de los tipos de nacionalización?
Migraciones señaló que en tanto cumpla con los requisitos establecidos en la Ley y reglamento de Nacionalidad, toda persona extranjera tiene derecho a solicitar la nacionalización y a institución tiene el deber de evaluar y la potestad de aprobar, en cada caso.
¿Tengo que acudir de forma obligatoria a la ceremonia de nacionalización o se puede reprogramar la fecha?
La juramentación en ceremonia constituye un requisito de la normativa y es de “carácter personalísimo”, remarcó Migraciones. “Se trata de un acto solemne, por el cual el Estado, representado por esta institución, confiere la condición jurídica de peruano (a) al extranjero (a)”, mencionó.
Agregó que el título o registro de nacionalidad se entrega a través de dicha ceremonia especial. Esta citación puede ser reprogramada y no es necesario realizar nuevamente el pago o trámite.
La institución recordó que estas ceremonias se realizan en la Sala de la Nacionalidad Peruana, en la sede central de Breña, o en las jefaturas zonales de Migraciones. El título de nacionalidad es el que permite la tramitación del DNI en condición de peruano, ante el Reniec.
¿Si uno no recoge el título de nacionalidad puede ser eliminado?
La norma no contempla este tipo de situaciones. Los títulos mantienen vigencia, incluso sino son entregados. La institución insistió en que mientras el ciudadano extranjero no tenga en su poder el título de nacionalidad, no podrá tramitar el DNI ante el Reniec.
¿Puede uno cancelar el título de nacionalidad?
Migraciones explica que el ordenamiento jurídico migratorio no contempla la figura de la cancelación o extinción del título de nacionalidad, una vez otorgado. A partir de su entrega y consiguiente obtención del DNI, dicha persona asume los derechos y deberes de ciudadano peruano.
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