Usuarios podrían ser compensados ante corte injustificado de agua.
Usuarios podrían ser compensados ante corte injustificado de agua.

El Pleno del aprobó, por mayoría, el Proyecto de Ley 4553 que permitirá la devolución de pago y compensación al usuario en caso de interrupción injustificada del servicio de o .

La iniciativa legislativa fue aprobada con 91 votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones. Posteriormente, la propuesta fue exonerada de segunda votación, con lo cual quedó expedita para ser enviada al para su eventual promulgación.

El dictamen aprobado modifica el artículo 24 del Decreto Legislativo 1280 en el párrafo 24, inciso 2, en donde se establecen las garantías de continuidad y calidad de los servicios.

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El nuevo texto señala lo siguiente: “De producirse una interrupción injustificada en la prestación del servicio público de agua potable o de alcantarillado por una causa atribuible al prestador de los servicios que afecte los derechos fundamentales de los usuarios, el prestador del servicio devuelve al usuario afectado el pago realizado correspondiente al periodo interrumpido y, además, lo compensa por el tiempo en el que no contó con el servicio”.

Es importante destacar que en los alcances principales de la ley aprobada, se establece que la deberá determinar la forma de cálculo, condiciones, y en qué casos se realiza la compensación.

Para dicha tarea se tendrá en consideración: el tiempo mínimo de la falla del servicio, el valor del consumo de agua de un día del usuario afectado, los recargos que se presenten por la falla ocurrida. También los gastos adicionales o inversiones en los que haya incurrido el usuario para tratar de reemplazar el servicio de agua y/o saneamiento, establecer el máximo de interrupciones admisibles, entre otros.

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Manuel García Correa, congresista de y presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, sustentó que el dictamen busca garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de y alcantarillado en el país, más aún en situaciones donde están en riesgo los derechos humanos de los usuarios.

“La propuesta contempla tanto a aquellos que cuentan con micromedidores del servicio de agua potable y aquellos que no lo tienen. Esto representa alrededor del 65 % de la población”, señaló el legislador durante la sesión del Pleno.

Por su parte, el parlamentario Elías Varas de , autor de la propuesta de ley, sostuvo que la iniciativa alude en compensar al usuario, “si no recibimos el servicio, en el mes siguiente se va a dar un descuento en el recibo facturado. Es una compensación por el servicio de agua que no recibimos”, acotó.

Respaldo

El proyecto de ley aprobado cuenta con el respaldo de la , que en su momento recordó que los cortes del servicio de agua y aniegos podrían generar graves afectaciones a los derechos de la población. Por ejemplo, citando el año 2012, un aniego que se produjo por la rotura de una tubería matriz de agua potable en el distrito Villa María del Triunfo expuso gravemente la salud e integridad de las personas, originando daños en bienes públicos y privados.

Asimismo, en los años 2019 y 2021 se registraron dos grandes aniegos a causa de roturas de tuberías de aguas residuales en el distrito de , los cuales generaron la interrupción de los servicios de agua y saneamiento, y afectaciones a otros derechos fundamentales, como a la salud, al trabajo y a la educación.