Conoce cómo puede presentar una dispensa o justificación ante el JNE (Foto: ONPE)
Conoce cómo puede presentar una dispensa o justificación ante el JNE (Foto: ONPE)

¿Se te perdió o te robaron el DNI? El domingo 2 de octubre se llevaron a cabo las y, en caso no cuentes con tu cédula de identidad, lamentablemente ya no hay plazo para que puedas obtener un duplicado a tiempo y puedas sufragar; sin embargo, Gestión te explica qué puedes hacer para evitar la .

Una alternativa es que puedes votar con algún DNI vencido, dado que el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec) resolvió validar el documento caduco solo para la jornada. Si no lo tienes, deberás solicitar una dispensa o justificación. Aquí te indicamos cómo hacerlo o lo que necesitas.

Antes te precisamos que un total de 24′759,909 de electores peruanos han sido convocados de manera obligatoria para votar por los próximos gobernadores regionales y alcaldes para el periodo 2023-2026. ; mientras que para los miembros de mesa el monto es, además, de S/230.

¿QUÉ PASA SI ME ROBARON O PERDÍ MI DNI A DÍAS DE LAS ELECCIONES 2022?

Aquellas personas que perdieron el DNI o fueron víctimas del robo de dicho documento durante la última semana antes de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, que son hoy 2 de octubre, deberán solicitar una dispensa o justificación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Trámite es ante el Jurado Nacional de Elecciones (Foto: GEC)
Trámite es ante el Jurado Nacional de Elecciones (Foto: GEC)

¿CÓMO HAGO PARA NO PAGAR MULTAS ANTE EL JNE SI PERDÍ O ME ROBARON EL DNI?

Si no pudiste cumplir como miembro de mesa, puedes solicitar una justificación, o una dispensa si no votaste. El trámite se realiza ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) al día siguiente de la elección del 2 de octubre.

Requisitos

  • Presentar la denuncia policial de pérdida o robo.
  • Pago por derecho de trámite: S/25.9 por inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio y S/25.9 por inasistencia al sufragio.
  • El pago por derecho de trámite se realiza en cualquier agencia del Banco de la Nación al código 01465 o por medios virtuales a través del portal

Trámite

  • A partir del lunes 3 de octubre, debes gestionar la dispensa o justificación ante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a fin de evitar pagar la multa por no sufragar.
  • Virtual: ingresar al .
  • Presencial: acudir a la Mesa de Partes Presencial del JNE, de las Oficinas Desconcentradas o de los Jurados Electorales Especiales en época electoral.

¿EN QUÉ CASOS PUEDO PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN O DISPENSA?

Es válido en los siguientes casos, pero debes adjuntar los documentos que demuestren el motivo de tu inasistencia.

  • Ciudadanos que viajan al extranjero para realizar estudios académicos.
  • Ciudadanos que salen del país para ser atendidos por motivos de salud en el extranjero.
  • Desastres naturales o de origen humano.
  • Error en el padrón electoral.
  • Defectos en la actualización, organización y ejecución de actividades electorales atribuibles a las entidades del Sistema Electoral.
  • Fallecimiento de familiar directo.
  • Impedido del ejercicio de derecho de sufragio e instalación, en los casos originados por incidencias electorales.
  • Discapacidad física, mental, sensorial o intelectual.
  • Lactancia / Mujeres en periodo de gestación (Aplica únicamente para otorgar la justificación).
  • Robo o pérdida de DNI/DNIe.
  • Salud.
  • Prisión (territorio nacional o en el extranjero).
  • Fuerza mayor.

SI CUMPLO 18 AÑOS EL DÍA DE LAS ELECCIONES 2022, ¿DEBO VOTAR?

Sí. Las personas que cumplen 18 años hasta el 2 de octubre están habilitadas en el padrón electoral que entregó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

¿CUÁL ES LA MULTA POR NO VOTAR NI SER MIEMBRO DE MESA?

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso las siguientes multas electorales para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM), de acuerdo con la y la clasificación de los distritos realizada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Electores Omisos

  • Omiso que habita en distrito no pobre: S/92.00.
  • Omiso que habita en distrito pobre: S/46.00.
  • Omiso que habita en distrito pobre extremo: S/23.00.

Miembros de mesa

  • No asistir como miembro de mesa: S/ 230.00.
  • Negarte a conformar la mesa electoral: S/ 230.00.

¿CÓMO SABER SI TENGO UNA MULTA ELECTORAL?

En este del JNE podrás ver si cuentas con una multa electoral, la razón de la sanción y si se ha iniciado, o no, un proceso de cobranza.

Una vez que confirmes si estas multado, ingresa al servicio con tu usuario o contraseña. En el buscador, selecciona “JNE” y luego “Multas electorales”. Coloca tu número de DNI y aparecerán las multas y podrás cancelarlas siguiendo las instrucciones de la plataforma. También puedes pagar de manera presencial en las agencias del Banco de la Nación o en la caja de la oficina del JNE.

Recuerda que el pago de las multas no es personal y cualquiera puede pagar tu deuda con tu número de DNI.

Un elector colocando su cartilla ante la supervisión del miembro de mesa (Foto: Andina)
Un elector colocando su cartilla ante la supervisión del miembro de mesa (Foto: Andina)

¿CUÁNDO COMIENZA Y CUÁNDO TERMINA LA LEY SECA?

No se podrá vender bebidas alcohólicas desde las 8 de la mañana del sábado hasta las 8 de la mañana del lunes. A modo de detalle, la Ley Orgánica de Elecciones establece que “desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación, hasta las 08:00 horas del día siguiente de las elecciones, no es permitido el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase y se cierran los establecimientos, o los espacios de los establecimientos comerciales, dedicados exclusivamente a dicho expendio”.

SI SOY MIEMBRO DE MESA, ¿PUEDO DESCANSAR EL LUNES 3 DE OCTUBRE?

Si cumpliste con el cargo de miembro de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2022, del domingo 2 de octubre, al día siguiente, es decir el lunes 3 de octubre, te corresponde descansar. Así lo establece el gobierno, a través del , que decreta “día no laborable compensable”.

Los empleadores de los sectores público y privado tienen la obligación de adoptar las medidas pertinentes para que se cumpla con la disposición publicada en las Normas Legales del Diario El Peruano.

¿CUÁNTO PAGARÁN A LOS MIEMBROS DE MESA?

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) de Perú anunció que para estas Elecciones Regionales y Municipales 2022 se les pagará a cada uno de los miembros de mesa, que participen en la jornada electoral del 2 de octubre, 120 soles. Como paso previo, la ONPE seleccionó a 25 ciudadanos para cada una de las 84,323 mesas de sufragio, entre los cuales serán elegidos los miembros de mesa mediante el referido sorteo.

Los ciudadanos sorteados tendrán la gran responsabilidad de conducir la instalación, el sufragio y el escrutinio en las mesas de sufragio que se deberán instalar en todo el país. Cada mesa de sufragio está reservada para 200 electores como mínimo y 300 como máximo.

¿HASTA QUÉ EDAD EL VOTO ES OBLIGATORIO?

De acuerdo con el Artículo 7 de la Ley Orgánica de Elecciones: “El voto es personal, libre, igual y secreto. El derecho al voto se ejerce sólo con el Documento Nacional de Identidad, otorgado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil”.

En esa misma línea, el artículo 9 de la misma ley, los ciudadanos con derecho civiles vigentes están obligados a votar. Para los mayores de setenta años el voto es facultativo.

CINCO COSAS QUE NO PUEDES HACER EN EL LOCAL DE VOTACIÓN

Toma en consideración esta lista de delitos electorales en las sedes de sufragio para que evites incurrir o ser víctima de ellos.

5. Suplantación

Se trata del delito más común y en el que algunas personas no son conscientes que pretender votar por otra persona, en algunos casos por algún familiar que no puede acudir a sufragar -porque está enfermo o trabajando-, es un delito penado con cárcel. La pena es de hasta 4 años de cárcel y si la persona es detectada en el local de votación incurre, además, en flagrancia delictiva. En ese caso, su proceso se inicia de inmediado.

4. Perturbación o impedimento del proceso electoral

Otro delito grave es la perturbación o impedimento de un proceso electoral,. Se castiga con pena privativa de la libertad no menor de 3 ni mayor de 10 años, de acuerdo con el Código Penal y la Ley Orgánica de Elecciones.

3. Impedimento o inducción del derecho al voto

La persona que impide el ejercicio del derecho de sufragio u obliga a hacerlo mediante violencia o amenaza será sancionada con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de 4 años. La misma sanción es para quien mediante dádivas, ventajas o promesas trate de inducir a un elector a no votar o a votar en un sentido determinado.

2. Difusión de propaganda política

Desde las 00:00 horas de este sábado 1 de octubre estará prohibida la propaganda política. Si una persona, que se inclina por un candidato pretende ir a local de votación con una prenda o pancarta que contenga identificación del partido y candidato, o reparte volantes, la pena es de hasta 2 años de cárcel.

1. Portar armar de fuego

Aunque se tenga licencia, no se puede acudir al local de votación portando un arma. La pena es de hasta un año, además de la incautación del arma y la cancelación de la autorización.

¿QUÉ HACER EN UNA EMERGENCIA DURANTE LAS ELECCIONES?

El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) dio algunas recomendaciones sobre lo que se debe hacer en una emergencia durante las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

Si eres votante:

  • Infórmate sobre los pronósticos de tiempo y otra información importante a través de fuentes oficiales.
  • Identifica las zonas seguras internas y externas del local de votación, así como las rutas de evacuación.
  • Cumple con las recomendaciones de seguridad y respuesta de emergencias del local de votación.
  • Evita aglomeraciones, asistiendo en el horario que te corresponde de acuerdo a tu DNI.

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