Con miles de estudiantes en clases virtuales y remotas, el sistema de evaluación docente para ingresar a la Carrera Pública Magisterial (CPM) no se ha detenido y el 16 de abril último se cerró la inscripción de postulantes para el nuevo proceso de selección que tiene como fecha única de evaluación el 17 de octubre.
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Pero, ¿qué es la CMP y a quiénes beneficia? Tras la aprobación de la Ley de Reforma Magisterial (Ley N° 29944) y tal como se ha venido haciendo desde el 2014, el Ministerio de Educación (Minedu) –a través de diferentes procesos de evaluación– busca seleccionar a los docentes más calificados para ingresar a la CMP y, de esta manera, mejorar la educación pública y la práctica docente.
Por esa razón, además de continuar trabajando con quienes muestren mejor desempeño, a través de la CMP también se permite el ascenso y el acceso a cargos más altos haciendo énfasis en el mérito.
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Según refieren en el Minedu, entre el 2014 y el 2019, se implementaron cerca de 30 evaluaciones. En este periodo de tiempo, más de 400.000 docentes fueron evaluados y se aplicaron más de 1,5 millones de evaluaciones individuales.
¿CÓMO ASCIENDO EN LA CPM?
Tal como establece la Ley de Reforma Magisterial, existen ocho escalas de ascenso para los docentes que ingresen a la CPM. Pero, el tiempo de servicio exigido para cada ascenso dependerá del ámbito en el que se desempeñen los maestros.
Si el docente se desempeña en el ámbito urbano y llegó a la primera escala podrá acceder a la segunda después de haber ejercido dos años, como mínimo, en la primera. Y lo mismo sucederá en caso desee acceder a la tercera escala. Mientras que para su tránsito entre la cuarta y la séptima escala deberán pasar tres años de servicio en la escala anterior. Y, para llegar a la octava escala se requerirán cuatro años de servicio.
Pero, si el profesor trabaja en un colegio rural o en una zona de frontera, el tiempo de servicio requerido para concretar el ascenso difiere de lo exigido a los docentes del ámbito urbano.
Así, para pasar entre la primera y la séptima escala, los docentes deberán cumplir con dos años de servicio, como mínimo; mientras que para llegar a la octava escala la experiencia mínima exigida es de tres años en la escala anterior.
¿CUÁLÉS SON LOS SUELDOS POR ESCALAS?
Considerando, como señalan en el Minedu, que en los últimos cinco años se ha elevado el piso salarial del magisterio, pasando de un sueldo mínimo –para el caso de los maestros que registran una jornada semana de 30 horas– de S/1.555 en el 2016 hasta S/2.400 en noviembre del año pasado, dicho resultado representa un incremento de 54% durante este periodo.
Siguiendo con las escalas, en este primer grupo, los docentes de la segunda tienen un sueldo de S/2.640, los de la tercera S/2.880, los de la cuarta S/3.120, los de la quinta S/3.600, los de la sexta S/4.200, los de la séptima S/4.560 y los de la octava S/5.040, lo que termina representando un incremento de 210% con relación a la primera escala.
En tanto que los docentes que tienen una jornada de trabajo de 40 horas semanales, tienen un piso salarial que S/3.200. Le siguen los de la segunda escala con S/3.520, los de la tercera con S/3.840, los de la cuarta S/4.160, los de la quinta S/4.800, los de la sexta S/5.600, los de la séptima S/6.080 y los de la octava S/6.720.
Si bien en este último caso, también se materializa un aumento de 210% con relación a la primera escala, los incrementos de una escala a otra son de 110% (segunda), 120% (tercera), 130% (cuarta), 150% (quinta), 175% (sexta) y 190% (séptima).