Presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, rechazó la propuesta de la bancada de Perú Libre para crear una comisión que fiscalice la función de los jueces y fiscales.
La autoridad subrayó que la iniciativa legislativa 8678/2024-CR, presentada por el congresista Waldemar Cerrón, miembro del Grupo Parlamentario Perú Libre, refleja un espíritu totalitario con la intención de ejercer control sobre los órganos de administración de justicia.
“Me dirijo para denunciar el proyecto de ley 8678-2024-CR, por el cual se pretende crear una comisión de fiscalización de jueces y fiscales en el Congreso de la República. Este proyecto que aparentemente tendría una función de control, en realidad, es un proyecto antidemocrático y anticonstitucional, que refleja un espíritu totalitario, de controlar a los organismos de administración de justicia. Por eso, rechazamos este proyecto y les decimos a los congresistas de vocación democrática que impidan la tramitación de proyectos de esta naturaleza”, señaló Arévalo.
Sostuvo que el Poder Judicial no va a aceptar iniciativas de este tipo y luchará en defensa de sus fueros y su autonomía. “No vamos a someternos a ninguna tentación totalitaria, venga de donde venga, y defenderemos la democracia y la independencia judicial en todas las formas que nos permite el ordenamiento legal”, añadió.
Luego, exhortó a la Presidencia del Congreso revisar este tipo de proyectos que solo contribuyen al enfrentamiento innecesario entre los poderes del Estado y que, por supuesto, daña la imagen de nuestra patria. “El Poder Judicial actuará independientemente, aunque no sea ello del agrado de ciertos sectores porque, sobre todo, nos debemos a la Constitución y a la ley”, finalizó.
Como se recuerda actualmente la Junta Nacional de Justicia (JNJ) ya tiene la potestad de evaluar el desempeño de estos magistrados y, de ser el caso, sancionarlos y destituirlos.
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¿Qué dice las propuesta de Perú Libre?
La propuesta, impulsada por el segundo vicepresidente del Parlamento, Waldemar Cerrón (Perú Libre), plantea agregar el numeral 25 en el Literal a) del artículo 35 del reglamento de la institución a fin de crear dicho grupo de trabajo.
En la exposición de motivos se precisa que se busca fortalecer la labor de fiscalización que realiza el Legislativo a la función de los jueces y fiscales a nivel nacional, conforme a los alcances facultados por la Constitución.
Además, se advierte que “el sistema de justicia en el Perú presenta una crisis de confianza”, al recordar una encuesta de Datum publicada el 13 de marzo pasado, en la cuál se advirtió que el 85 % de los peruanos no confían en el Poder Judicial.
“La aprobación de la presente propuesta fortalecerá al Estado, ya que la incorporación de la comisión de fiscalización de la función de jueces y fiscales mejora la integridad y confianza en el sistema de justicia del país. Esto es crucial para que, a través de la supervisión, se pueda detectar y prevenir oportunamente los actos de corrupción, como sobornos o tráfico de influencias”, añade la propuesta.
Esto, según refiere la norma, lograría que los jueces y fiscales rindan cuentas por sus acciones y decisiones y, por ende, se protegerían los derechos de los ciudadanos.
“Los legisladores cuentan con el encargo directo de la población para fiscalizar a todas las instituciones públicas y mixtas sin excepción alguna, por tanto, el Poder Judicial no puede estar ajeno a ser fiscalizado por un ente que cuenta con la representación directa de la población (...) por tanto, es completamente lícito crear una comisión ordinaria de fiscalización de los jueces y fiscales”, concluye la iniciativa.
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Antecedente en el Parlamento
Se incorporó como faltas muy graves generar la “detención arbitraria” al dictar mandato de detención preliminar y prisión preventiva a una persona sin que se reúnan los presupuestos señalados en el Código Penal, así como al emitir una sentencia condenatoria de pena privativa de libertad efectiva “sin una adecuada valoración de la prueba que sustente la responsabilidad penal de una persona”.
También plantea que, en caso de un error producido en el trámite judicial, la autoridad; es decir, el juez, fiscal o policía, que incurrió en el error o que autorizó la detención “asumirán la indemnización en partes iguales”.
Finalmente, la propuesta modifica el artículo 418 del Código Penal (delito de prevaricato) a fin de se estipule que el juez o fiscal que dicte resolución o emita dictamen “manifiestamente contrarios al texto expreso y claro de la ley, o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas” será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 6 años.
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