La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Marianella Ledesma, confirmó que su voto será a favor de declarar infundada la demanda competencial que presentó el presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, contra el Ejecutivo y en contra de la disolución del Congreso. La magistrada señaló expresamente que procede así porque Martín Vizcarra actuó de forma legítima el pasado 30 de setiembre del 2019.
“La disputa en este caso no es sobre si, en realidad, todas las denegaciones (de confianza) siempre han sido expresas o no, o si han sido expresas en parte, o si existe esta figura de la denegación fáctica. La solución de la controversia en este caso exige interpretar la frase ‘negar la confianza’ del artículo 134”, indicó la magistrada durante el debate de hoy en el TC.
Marianella Ledesma precisó que, su posición, es a favor de que una negación de confianza esté asociada a una “voluntad que se exprese de manera clara indubitable” por parte del Legislativo.
“En este caso, considero que dicha manifestación se dio clara e indubitable. Se produjo el 30 de setiembre,cuando pese a la solicitud planteada por el presidente del Consejo de Ministros de suspender el proceso de la elección de magistrados del TC, el pleno del Congreso decidió continuar con la agenda programada para dicha sesión”, manifestó la titular del TC.
Ledesma recordó que la Constitución, en otros artículos, sí señala que debe haber una manifestación expresa de una voluntad, algo que no ocurre en el artículo sobre la denegatoria de una cuestión de confianza. Pese a ello, sí señaló que no solo hubo un rechazo fáctico al seguir con la votación para elegir a magistrados del Tribunal Constitucional, sino que se rechazó una cuestión previa para que se suspenda la sesión del 30 de setiembre.
“En el caso de estudio podemos decir el caso de la cuestión previa de la congresista Indira Huilca en el que expresamente se planteó para evitar el acto de elección de magistrados del tribunal. Esa decisión de la cuestión previa podríamos tomarlo como una situación manifiesta de voluntad en relación al Congreso”, acotó.
“Podría concluir que las características esenciales de la negación de confianza debemos mirarla no como tácita, fáctica, sino como una denegación que exija una manifiesta e indubitable expresión de voluntad en el sentido de no otorgar la confianza planteada. Aún más, al haberse denegado la confianza el 30 de setiembre del 2019 por segunda vez, considero que resultaba legítima la disolución del Congreso prevista [...] Mi voto va a ser para que se declare infundada la demanda”, concluyó.
Marianella Ledesma cerró su participación invocando que, pese a su voto a favor, el documento elaborado por Carlos Ramos Núñez elimine el punto 206 de su ponencia, por considerar que permite un uso “demasiado discrecional” de las cuestiones de confianza.
Con su pronunciamiento, Ledesma se sumó a los otros tres magistrados que dijeron que están a favor de rechazar la demanda competencial: Eloy Espinosa-Saldaña, Manuel Miranda y el propio ponente Ramos Núñez. Con esto, contarían con la mayoría necesaria para formar una resolución.