La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizó algunas modificaciones al reglamento del beneficio de fraccionamiento por deudas de sanciones aplicadas por dicho organismo.
La medida de oficializó en la Resolución Jefatural N° 000210-2024-JN/ONPE publicada en El Peruano.
Así, se cambió el párrafo quinto de la parte considerativa; el artículo 3°, inciso e); el artículo 4°, numeral 4.2, 4.3; el artículo 5°, numeral 5.1; el artículo 12°, numeral 12.2; el artículo 19°, numeral 19.3, del Reglamento del beneficio de fraccionamiento por deudas de sanciones aplicadas por la ONPE.
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Además, considerando el párrafo quinto de la parte considerativa, el administrado puede solicitar el fraccionamiento del pago de la multa impuesta, conforme a lo establecido en el reglamento Reglamento del Beneficio de Fraccionamiento por deudas de sanciones aplicadas por la ONPE.
También se podrá presentar un documento que lo reemplace. “Lo cual corresponde ser atendido por la GAD, quien debe dar una respuesta motivada y, de corresponder, brindar dicho fraccionamiento””, reza el texto.
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En líneas generales, el ONPE procederá con el inicio de las acciones de cobranza judicial de corresponder, en un plazo no mayor de 15 días, hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la resolución en cuestión.