El Pleno del Congreso decidió que el dictamen que establece que los ciudadanos sentenciados no puedan postular a cargos de elección popular hasta 10 años después de haber sido rehabilitados regrese a la Comisión de Constitución, luego que se excluyeran siete de los 13 delitos que se contemplaron inicialmente.
Con 90 votos a favor, 20 en contra y 2 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó la Cuestión Previa para que retorne a dicho grupo de trabajo el dictamen de los proyectos de ley 672, 682, 1244, y otros, propone la ley de reforma constitucional que modifica los artículos 34-A, 39-B y el inciso 22 del artículo 139 de la Constitución, para garantizar la idoneidad en la función pública.
Cabe mencionar que si se aprueba dicho proyecto, candidatos presidenciales como Antauro Humala no podría participar en los próximos comicios.
Además, para que esta iniciativa sea aprobada y por tratarse de una reforma constitucional se requiere de una votación especial: 87 legisladores en dos legislaturas consecutivas o 66 votos por referéndum.
El texto estaba en cuarto intermedio (pausa) desde diciembre de 2023, cuando comenzó el debate en el pleno. El martes, la Junta de Portavoces finalmente decidió incluirlo en la agenda de los temas que se debatirán esta semana, antes de que concluya la legislatura el 15 de junio.
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¿Qué dice el actual texto sustitutorio?
Modificación de los artículos 34-A, 39-A y el inciso 22 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú, los que quedan redactados en los términos siguientes:
Artículo 34-A. Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva, con sentencia consentida o ejecutoriada, en calidad de autoras, cómplices o instigadoras por la comisión de los tipos penales referidos al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, así como por los delitos de rebelión, sedición y motín. El impedimento subsiste diez años después de que estas han sido declaradas rehabilitadas.
Artículo 39-A. Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, por el mismo periodo, las personas comprendidas en los supuestos establecidos en el artículo 34-A.
Artículo 139.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
Enciso 22. El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. La rehabilitación restituye a la persona los derechos suspendidos o restringidos por la sentencia, con excepción de lo dispuesto en los artículos 34-A y 39-A*.
Delitos que quedaron excluidos
En el primer texto, que se presentó el 17 de febrero de 2023, estaban incluidos 11 delitos, los cuales correspondían a: terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación a la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio, trata de personas, secuestro, contra la seguridad nacional y traición a la patria, contra los poderes del Estado y el orden constitucional.
Sin embargo, en este nuevo texto sustitutorio presentado el 13 de junio de 2024, solo fueron considerados 5 de ellos: terrorismo, tráfico ilícito de drogas, rebelión, sedición, motín.
Minutos antes de regresar a la sesión
Luego de unos minutos, la congresista Martha Moyano, presidenta de la comisión, expresó que “Estamos devolviendo la sentencia en primera instancia, el primer párrafo porque se había retirado del artículo 34 A con la intención que el sustento es que el principio de la presunción de inocencia tiene que estar respetado porque lo dice la Constitución. Es el único artículo que se está tomando en cuenta”.
Se levanta la sesión del Pleno
Durante la sesión que se desarrolló en el Pleno del Congreso, diversas bancadas mostraron su inconformidad por los delitos excluidos en este actual texto sustitutorio, por lo que el desarrollo de este debate quedó suspendido.
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Antauro critica proyecto que le impediría postular
Antauro Humala rechazó la iniciativa que le pondría freno a sus aspiraciones presidenciales y aseguró que proviene de sectores reaccionarios.
“Todavía no es ley, es una pretensión. Es un deseo de los sectores más reacciones de la política peruana y los sectores más estúpidos, porque el Poder Judicial ya dictaminó y yo ya cumplí una sentencia”, remarcó en diálogo con radio Exitosa.
“Las fuerzas del orden del Estado mataron por la espalda a los cuatro policías, bajo el mando del comandante supremo de las Fuerzas Armadas, Alejandro Toledo, y el ministro de Defensa, Roberto Chiabra. Así como sus comandantes generales de la región militar del centro y la primera brigada de Fuerzas Especiales, (José) Williams y (Otto) Guibovich”, enfatizó.
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