El Poder Judicial declaró infundado el pedido del Ministerio Público de dictar prisión preventiva contra Keiko Fujimori este lunes, luego de escuchar las intervenciones del fiscal José Domingo Pérez; de la abogada de la candidata presidencial, Giulliana Loza, y de la propia lideresa de Fuerza Popular.
El juez Víctor Zúñiga desestimó el pedido de José Domingo Pérez, quien solicitó que se revoque la comparecencia con restricciones a la lideresa de Fuerza Popular por mantener contacto con Miguel Ángel Torres y Lourdes Flores Nano, testigos del caso. Explicó que tomó esta decisión porque no se apercibió a Fujimori Higuchi previamente antes de solicitar la revocatoria de la comparecencia con restricciones.
El magistrado le asignó una serie de reglas de conducta que indicó que, en caso no se cumplan, el Ministerio Público puede solicitar la anulación de la medida y dictarle prisión preventiva.
“Insoslayablemente tiene que haber un previo requerimiento del Ministerio Público [...] Desestimamos por no haber emitido un apercibimiento previo”, explicó el juez mientras anunciaba su resolución.
Tras oír la resolución, el Ministerio Público anunció que apelaría la resolución, mientras que la abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, apeló en parte a la resolución en torno a las reglas de conducta que habría vulnerado al tener contacto con Miguel Ángel Torres y con Lourdes Flores Nano.
Durante la audiencia, el fiscal indicó que la candidata de Fuerza Popular viene “incumpliendo sistemáticamente las reglas de conducta” debido a que se comunicó con los testigos del caso Odebrecht que se le sigue.
“La acusada Keiko Fujimori sistemáticamente viene incumpliendo con esta regla de conducta en el presente el año. Hoy lo vuelve a hacer con Miguel Torres. Fujimori tiene conocimiento que es testigo de la fiscalía”, manifestó.
Por su parte, al intervenir en la audiencia, la abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, consideró que su patrocinada “ha cumplido las reglas de conducta cuando se le ordenó comparecencia restringida”. Consideró que la lideresa de Fuerza Popular no reúne las causales para ser sometida a prisión preventiva “al ser la medida más grave”.
“¿Existe peligro procesal? Desde luego que no, la medida no es proporcional porque no se presentan las condiciones básicas para dictar una prisión preventiva al ser la medida más grave”, explicó.
El pasado 10 de junio, el fiscal José Domingo Pérez, miembro del equipo especial del caso Lava Jato, solicitó al Poder Judicial revocar la orden de comparecencia con restricciones contra Keiko Fujimori, candidata presidencial por Fuerza Popular, y que se le imponga la medida de prisión preventiva en el marco de la acusación por el presunto delito de lavado de activos.