La Sala Nacional de Apelaciones declaró fundada las apelaciones de ocho árbitros quienes presuntamente recibieron coimas de Odebrecht a cambio de laudar a favor de la constructora.
De acuerdo a la resolución a la que accedió Gestión, el Poder Judicial ordena la inmediata liberación de los abogados y varía el mandato de prisión preventiva a comparecencia con restricciones.
Se tratan de Fernando Cantuarias, Humberto Abanto, Mario Castillo Freyre, Ramiro Rivera, Marcos Espinoza, Enrique Zapata, Franz Kundmüller y Daniel Linares. Este último ya había sido liberado el último 15 de noviembre.
Las restricciones
Es decir, todos ellos tendrán que cumplir estrictamente las siguientes reglas de conducta: la obligación de presentarse cada treinta días ante el juez que conoce del proceso penal que se le sigue a fin de informar de sus actividadesy concurrir a todas las citaciones fiscales y judiciales que se efectúen con motivo de la presente investigación.
Asimismo, tendrán la obligación de no ausentarse de la localidad en la que reside, sin previa autorización de la autoridad judicial y la prohibición de comunicarse por cualquier medio con los coimputados o cualquier otra persona vinculada a la presente investigación como testigos o peritos.
Otra restricción impuesta contra los letrados es que no podrán salir del país por 18 meses mientras duren las investigaciones de la Fiscalía.
La Sala que preside el juez Ramiro Salinas también impuso una caución por el monto de S/ 100,000 a los ocho investigados por presunto lavado de activos y organización criminal. De no pagarla, no podrán salir de prisión, señala la resolución.
Los que quedan en prisión
El Poder Judicial declaró infundado las apelaciones de las defensas de Randol Edgar Campos Flores, Luis Felipe Pardo Narváez, Richard James Martín Tirado, Weyden García Rojas y Luis Fernando Pebe Romero. Por tanto continuarán con el mandato de prisión preventiva de 18 meses.
Respecto al caso del abogado Alejandro Álvarez Pedroza, quien intentó viajar a Estados Unidos luego de que se conozca el mandato de prisión preventiva en su contra, la Sala decidió ordenar prisión domiciliaria de 18 meses.
“En consecuencia, previo a la excarcelación, la defensa técnica del referido imputado deberá indicar el domicilio donde deberá cumplir dicha medida bajo vigilancia permanente de personal policial, a efectos de que se oficie a la Dirección de Seguridad de Penales de la Policía Nacional del Perú (DIRSEPEN) para la realización del procedimiento respectivo”, se lee en la resolución.
Asimismo, se le impone como restricción la prohibición de comunicarse por cualquier medio con los coimputados o cualquier otra persona vinculada a la presente investigación como testigos o peritos del presente proceso.