“Hay un tema ahí que queremos resolver de inmediato, pero existe la ley que le da 30 días hábiles al Congreso para contestar y nosotros no podemos apresurar esa respuesta", explicó Eloy Espinosa-Saldaña. (Foto: Andina)
“Hay un tema ahí que queremos resolver de inmediato, pero existe la ley que le da 30 días hábiles al Congreso para contestar y nosotros no podemos apresurar esa respuesta", explicó Eloy Espinosa-Saldaña. (Foto: Andina)

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Eloy Espinosa-Saldaña dijo creer que la norma aprobada por el Congreso de la República que permite el retiro de fondos para aportantes de la ONP será objeto de una denuncia de inconstitucionalidad, pero primero esta debe ser promulgada o aprobada por insistencia.

En el caso de la ONP, yo concuerdo que esto va a llegar al Tribunal [...] Acá hay una lógica inexorable: si se presenta le ley, el presidente la observa, vuelve al Congreso, este insiste con la norma y recién ahí es cuando el presidente puede presentar la demanda de inconstitucionalidad”, sostuvo en diálogo con Canal N.

En esa línea, explicó que el TC no puede adelantar plazos establecidos por la ley una vez que se presente una demanda de inconstitucionalidad.

Hay un tema ahí que queremos resolver de inmediato, pero existe la ley que le da 30 días hábiles, aproximadamente 40 días calendario al Congreso para contestar (una demanda de inconstitucionalidad). Nosotros no podemos apresurar esa respuesta. Una vez que responda el Congreso, convocamos a audiencia y ahí sí podemos manejar el tema y tenemos 15 días hábiles para responder y en todos estos casos hemos respondido antes de 15 días”, señaló.

Eloy Espinosa-Saldaña consideró que es posible presentar “un amparo” al Poder Judicial contra la referida autógrafa aprobada por el Legislativo la madrugada del martes pasado. Sin embargo, aseguró que este es “un escenario complejo”.

Es posible [un amparo] el problema es quién lo presenta. Finalmente, lo que se alega es un perjuicio al funcionamiento de la ONP, entonces, la ONP presentando un amparo contra los ciudadanos es un escenario que puede darse, pero es un escenario complejo”, detalló.

La madrugada de este martes la sesión del pleno del Legislativo aprobó con 106 votos a favor, 13 votos en contra y 15 abstenciones la devolución de los fondos de los aportantes y exaportantes a la ONP. Las bancadas que apoyaron la propuesta por unanimidad fueron Alianza para el Progreso, Frepap, Unión por el Perú, Podemos Perú, Somos Perú y Acción Popular.

Críticas a votación en plenos virtuales

En otro momento, el magistrado aseguró que en el fallo aprobado por unanimidad este martes por el TC que declaró inconstitucional la ley que suspendía el cobro de peajes durante la emergencia sanitaria se han incorporado una serie de sugerencias para que el Parlamento “trabaje dentro de los parámetros institucionales” en el marco de los plenos virtuales.

Según Espinosa-Saldaña, los parlamentarios no pueden delegar sus votos a través de sus voceros como ha venido ocurriendo con la votación nominal. No obstante, remarcó que este pronunciamiento no tendrá “un efecto retroactivo” y no afectará a las leyes aprobadas con este sistema hasta la fecha.

Entendemos que frente a la pandemia hay prácticas que tienen que cambiar, pero nada impide que se haga lo que se viene haciendo en otros parlamentos, para que, con algunos ajustes tecnológicos que no son precisamente caros, participen en las sesiones todos los congresistas y no haya esta situación de delegación que no nos permite saber si ha habido una discusión completa y si se está reflejando la voluntad de cada congresista”, manifestó.

Si ha habido leyes que han sido aprobadas con este sistema virtual no suficientemente representativo ni deliberativo, eso ya no lo podemos tocar, pero de aquí en adelante podemos sugerir al Congreso que para que trabaje dentro de los parámetros institucionales”, agregó.