El presidente Martín Vizcarra anunció la emisión de un decreto de urgencia que dispone la cuarentena general por 15 días, en el marco de una Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional para evitar más contagios por el coronavirus (COVID-19) en el país.
Esta disposición se toma días después de que el Gobierno suspendiera la salida y llegada de vuelos internacionales provenientes de Europa y Asia desde las 00:00 del lunes 16 de marzo.
Ayer el mandatario había exhortado a la ciudadanía a que no asista a eventos públicos ni reuniones sociales este fin de semana a fin de evitar la propagación del coronavirus (Covid-19).
"Yo me quedo en casa. Evita asistir a eventos públicos, reuniones amicales y/o familiares este fin de semana. Perú, está en nuestras manos evitar la propagación del coronavirus”, escribió el mandatario este sábado en sus redes sociales.
“El decreto aprobado en Conejo de Ministros implica el aislamiento social obligatorio de la población durante 15 días. En estos días garantizamos el abastecimiento de alimentos, medicinas, asi como la continuidad de los servicio de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y otros”, aseguró.
“La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas adoptarán las medidas para garantizar los servicios públicos. Durante el estado de emergencia queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y a la seguridad personales y la inviolabilidad del domicilio domicilio y la libertad de reunión de tránsito en el territorio nacional”, aseguró.
El jefe de Estado subrayó que el decreto establece que únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como adquisición, producción y abastecimiento de alimentos lo que incluye almacenamiento y distribución para la venta al público; así como adquisición, producción y abastecimiento de productos farmaceúticos y de primera necesidad al igual que asistencia a centros de servicios y centros de salud así como centros de diagnostico en casos de emergencia, retorno al lugar de residencia.
Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescente, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad; entidades financieras, seguros, pensiones así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible; medios de comunicación y centrales de atención telefónica.