El Pleno del Congreso aprobó, la propuesta legislativa en primera votación. Esto es en función a la categoría profesora auxiliar y profesor asociado.(Foto: Agencia Andina)
El Pleno del Congreso aprobó, la propuesta legislativa en primera votación. Esto es en función a la categoría profesora auxiliar y profesor asociado.(Foto: Agencia Andina)

El Pleno del aprobó en primera votación el proyecto de ley del nombramiento de docentes contratados en universidades públicas. Con 63 votos a favor, 0 en contra y 6 abstenciones se dio el primer paso.

La propuesta señala que los beneficiarios serán únicamente aquellos que se hayan adjudicado una plaza de docente contratado mediante concurso público de méritos y cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 30220, Ley Universitaria, para el ejercicio de la docencia.

“Ha sido aprobado en primera votación el texto sustitutorio de la Comisión de Educación que autorice excepcionalmente el nombramiento de los docentes contratados en universidades públicas para la categoría profesora auxiliar y profesor asociado de conformidad con el artículo 78 reglamento del Congreso de la República”, señalaron.

Cabe mencionar que el proyecto aprobado será materia segunda votación transcurrida siete días calendarios.

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¿De qué se trata esta iniciativa?

La presente Ley tiene por objeto autorizar el nombramiento excepcional y por única vez de los docentes contratados en las universidades públicas. Para ello se debe contar con los siguientes requisitos:

- Los docentes contratados en las universidades públicas que se acojan a la presente Ley deben acreditar experiencia en docencia universitaria en el ejercicio profesional no menor de 5 años

- Tener vínculo laboral hasta el semestre académico 2023.

- Haber sido adjudicado con una plaza por concurso público.

- El nombramiento queda prohibida toda exigencia adicional que no esté establecida en esta Ley.

Artículo 3: nombramiento por categoría

-El nombramiento excepcional del docente contratado puede darse en la categoría de profesor asociado o profesora auxiliar, en su defecto se le reserva el derecho de ocupar las plazas vacantes que generen en conformidad con el artículo 83 de la Ley 30220, Ley Universitaria.

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La categoría para el nombramiento se determina de la siguiente forma:

A) Para el nombramiento en la categoría de profesor asociado, el docente debe tener 7 años o más de experiencia en docencia universitaria consecutiva o alternada y contar con el grado de doctor

B) Para el nombramiento en la categoría de profesor auxiliar, el docente debe tener un mínimo de 5 años de experiencia en la docencia universitaria y o en el ejercicio profesional consecutiva o alternada y contar con el grado de maestro.

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