Por mayoría, el Pleno del Congreso aprobó admitir a debate la moción que impulsa la bancada de Renovación Popular (RP) que recomienda remover “de manera inmediata” a los siete integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por una “flagrante comisión de actos contrarios a la ley”.
Esto, luego que dicho organismo ordenara la suspensión de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, por el plazo de seis meses.
La moción fue respalda por 65 legisladores, mientras que 37 se opusieron y otros 17 se abstuvieran.
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Luego se ingresó a un cuarto intermedio para definir el proceso de debate. En este momento se encuentra reunida la Junta de Portavoces.
De esta manera, se definirá el destino de los magistrados Imelda Tumialán (presidenta), Aldo Vásquez, María Zavala, Antonio De La Haza, Henry Ávila, Inés Tello y Guillermo Thornberry.
En la víspera, Vásquez advirtió que ningún integrante de la JNJ había sido citado por el Congreso a fin de brindar sus descargos. En ese sentido, consideró que la intensión es sacarlos de manera inmediata y sin procedimiento.
Además, recordó que desde hace un año se han presentado hasta cuatro denuncias constitucionales en contra de los magistrados de la JNJ, así como tres mociones que proponen destituirlos en sus casos, por lo que acusó un “acoso” desde un sector del Parlamento. Dicho acoso se habría intensificado tras la suspensión de Benavides en el cargo.
“Este acoso de un sector del Congreso de la República no es reciente (...) ahora estamos hablando de la tercera moción que busca nuestra remoción sin que exista procedimiento, sin que exista una causa grave predeterminada de la ley”, manifestó.
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¿Qué plantea la moción?
La moción, presentada por los legisladores Alejandro Muñante y Jorge Montoya (RP), se ampara en el artículo 157 de la Constitución, que establece que los miembros de la JNJ “pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del Congreso adoptado con el voto conforme de los dos tercios (87) del número legal de miembros”.
Para estos legisladores, la suspensión de Benavides en el cargo constituye una “flagrante violación a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la JNJ”, puesto que dicho acto se ha producido a pesar de existir un manifiesto conflicto de intereses entre la fiscal y los magistrados de dicha institución.
“Se encuentra plenamente acreditado que los miembros de la JNJ incumplieron su obligación de inhibirse y (...) en forma desafiante han decidido ilegalmente suspender a la fiscal de la Nación, con lo cual, de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 15 de la Ley Orgánica de la JNJ han incurrido en un supuesto de destitución”, se lee en el texto.
Cabe recordar que el artículo 15 de dicho documento establece que el miembro de la JNJ se encuentra obligado a informar al pleno de la JNJ de la situación e inhibirse de participar en la decisión correspondiente. De no hacerlo, “incurre en un supuesto de destitución”.
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